REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo (2) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres (03) de octubre de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: KP02-L-2011-000030

En horas del día de hoy, 03 de Octubre del año 2011, siendo las 9:00 AM., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia que se anunció dicho acto por el alguacil Jesús Yépez en la sala de comparecencia de los Juzgados con las formalidades de Ley, no compareciendo la parte actora ni la parte demandada ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora en el presente juicio y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo (2) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, dicta seguidamente el dispositivo del fallo, así: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO HABIDO EN EL JUICIO INCOADO POR OTILIO RAFAEL MELENDEZ EN CONTRA AUTO NAVE, C.A y así, SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO Y SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. ASÍ SE DECIDE.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Segundo (2) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En 03 de octubre del año 2011. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación

LA JUEZ

MÓNICA QUINTERO
LA SECRETARIA

JENNYS NIETO


ALGUACIL