REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintiséis de septiembre de dos mil once
201º y 152º

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2010-000644
PARTE ACTORA: YASMIN JOSEFINA AVILA SEGOVIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ZULEIDA DEL VALLE SEGOVIA PEREZ
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA y OFICINA NACIONAL DE IDENTIFICACION Y EXTRANJERIA (ONIDEX), ESPECIFICAMENTE MISIÓN IDENTIDAD DEL ESTADO TRUJILLO.
REPRESENTANTE DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA: MARIA ALEJANDRA PEREZ MARTINEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES.

En el día hábil de hoy veintiséis (26) de septiembre (09) de dos mil once (2011), siendo las 1:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por intermedio de su apoderado judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Se deja expresa constancia que la representación de la Procuraduría General de la República comparece a la audiencia en la persona de la Abg. MARIA ALEJANDRA PEREZ MARTINEZ, inscrita en el IPSA bajo el N- 119.613 la cual aparece en el Oficio inserto al folio 72 del asunto. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
La Juez

La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Merly Castellanos




Representante de la Procuraduría General de la República



En esta misma fecha se publico. La Secretaria

Abg. Merly Castellanos