REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL

Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 16 de Septiembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2011-001144
ASUNTO : TP01-S-2011-001144

RESOLUCION REVISIÓN DE MEDIDA

En fecha: 13 de Septiembre de 2011, se llevó a efecto Audiencia especial en la causa seguida al imputado MIGUEL ANGEL CANELONES en virtud de la solicitud del abogado privado OSNAN ANTONIO SEGOVIA LUQUES, actuando con el carácter de defensor privado del investigado MIGUEL ANGEL CANELONES MENDOZA, Titular de la cédula de Identidad Nº V- 5.792.414, donde solicita sea revocadas las Medidas de Seguridad y de Protección dictadas por la Fiscalia I del Ministerio público en contra de su defendido en fecha 12/08/2011.

DEFENSOR PRIVADO
Solicito al Tribunal, autorice a mi defendido a ingresar al inmueble donde reside la victima, pero solo al ingreso al primer piso. Asimismo manifestó que su defendido no ha podido sacar sus pertenencias personales del inmueble.


EL IMPUTADO
Se identificó como MIGUEL ANGEL CANELONES MENDOZA, titular de la cédula de Identidad Nº V- 5.792.414, manifestó `` solicito sacar mis pertenecías del inmueble e ingresar al local, el cual es independiente del ingreso del domicilio de la ciudadana MARIA EUGENIA ECHEGARAY, solo quiero ingresar a dormir por cuanto no tengo donde residir, siendo que el local tiene entrada dependiente.

VICTIMA
Se identificó como: MARIA EUGENIA ECHEGARAY BETANCOURT quien expuso `` yo no me opongo a que el ingrese al inmueble (local) el cual es independiente al ingreso del apartamento donde resido, pero quiero que él no me moleste mas, que me respete, que cumpla con las medidas de protección que dicto la Fiscalia del Ministerio público. Asimismo estoy de acuerdo de que vaya algún funcionario policial para que presencie cuando el señor MIGUEL ANGEL CANELONES MENDOZA, esté sacando sus pertenencias.




MINISTERIO PUBLICO
El representante del Ministerio Público expuso: ``esta representación Fiscal no se opone a que el imputado ingrese al local, el cual es independiente al inmueble donde reside la victima, solicitando al tribunal le deje claro al investigado que no puede incumplir con las medidas de protección y de seguridad establecidas en el artículo 87.5 y 6 de La Ley Orgánica Sobre el Derecho de La Mujeres a Una Vida Libre de Violencia consistente en PROHIBICIÓN AL INVESTIGADO DE ACERCARSE A LA VICTIMA PARA AGREDIRLA FISICA O VERBALMENTE NI EJERCER NINGUN ACTO DE PERSECUCIÓN A LA VICTIMA POR SI MISMO O POR INTERMEDIO DE TERCERAS PERSONAS. El Tribunal una vez oída las exposiciones de las partes.

DECISION JUDICIAL
EL TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, visto que las medidas de protección dictadas por el Fiscal del Ministerio público de este Estado, en la cual se evidencia que no se acordó la salida de todo el inmueble, pudiendo ingresar el investigado a la parte baja del inmueble (local), la cual tiene entrada independiente al inmueble donde reside la victima, con lo cual se mantienen incólume las medidas de protección y de seguridad acordadas por la Fiscalia Primera del Ministerio público en fecha 12/08/2011 y se acuerda mantener las medidas de protección y de seguridad establecidas en el articulo 87.5 y 6 de La Ley Orgánica Sobre el Derecho de La Mujeres a Una Vida Libre de Violencia consistente en PROHIBICIÓN AL INVESTIGADO DE ACERCARSE A LA VICTIMA PARA AGREDIRLA FISICA O VERBALMENTE NI EJERCER NINGUN ACTO DE PERSECUCIÓN A LA VICTIMA POR SI MISMO O POR INTERMEDIO DE TERCERAS PERSONAS. Cúmplase.

La Jueza de Control, Audiencia y Medidas Nº 1

Abg. Lisbeth Yelipza Hernández Mendoza



La Secretaria Judicial

Abg. Ana Celina Materano