Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 19 de septiembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP02-J-2011-003805
Vista la solicitud de homologación de acuerdo extrajudicial de Régimen de Convivencia Familiar, presentada ante este despacho por los ciudadanos VANESSA JOHANA ESPINOZA ALVAREZ y ELIEZER JOSE BOLIVAR PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-20.186.558 y V-17.379.709, respectivamente, asistidos por ante la Defensora Publica de la Fundación Regional “El Niño Simón”, se le da entrada.
Partes: Ciudadanos VANESSA JOHANA ESPINOZA ALVAREZ y ELIEZER JOSE BOLIVAR PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-20.186.558 y V-17.379.709, respectivamente, asistidos por ante la Defensora Publica de la Fundación Regional “El Niño Simón”.
Beneficiaria: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LO TIPIFICADO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, de 04 años de edad.
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Régimen de Convivencia Familiar, el cual consiste en lo siguiente:
“PRIMERO: El padre biológico Sr. Eliécer Bolívar, compartirá con su hija Elianny un fin de semana cada 15 días donde la buscara en su lugar de residencia el sábado 08:00 a.m. y la llevara de vuelta el domingo a las 04:00 p.m. a su lugar de residencia.
SEGUNDO: El tiempo de vacaciones escolares, carnaval, semana santa, navidad será compartida la convivencia entre ambos progenitores y de mutuo acuerdo”. Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto. 19 de septiembre de 2011. Años: 201º y 152º
LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,
Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES
LA SECRETARIA,
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 2266-2.011 y se publicó siendo las 12:20 p.m.
LA SECRETARIA
IVB/rosimar.-
ASUNTO : KP02-J-2011-003805
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