ASUNTO: KP02-V-2011-002029
Demandante: YUBISAI CRISTAL SILVA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.482.727, de éste domicilio.
Instaurada por: Abogado MARÍA JOSÉ FERNÁNDEZ GARCÍA, en su carácter de Fiscal Decimoséptima del Ministerio Público del estado Lara, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Demandada: ARNALDO VICENTE CARRASCO ANGULO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.693.838, domiciliada en el estado Carabobo.
Beneficiaria: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de seis (06) años de edad.
Motivo: Obligación de Manutención, Desistido de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
De los hechos
El día de hoy diecinueve de Septiembre de 2011, a la hora fijada (02:00 p.m.) para llevarse a cabo la Audiencia Preliminar en Fase de Mediación, fijada en auto de fecha 09 de agosto de 2.011, entre los ciudadanos Yubisai Cristal Silva García y Arnaldo Vicente Carrasco Angulo, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 14.482.727 y 11.693.838 respectivamente, anunciado el acto, se deja expresa constancia que las partes no comparecieron a la audiencia, por lo que la ciudadana Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Isabel Victoria Barrera Torres, procediendo conforme lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de forma inmediata dicto la Sentencia en forma Oral y profiriendo el fallo declarando el desistimiento del actor al procedimiento.
Dispositiva
En virtud de la inasistencia de las partes a la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, este tribunal conforme lo establecido en el articulo 472 de la ley especial que rige la materia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistida la demanda que por Obligación de Manutención incoara la Fiscal del Ministerio Público a instancias de la ciudadana Yubisai Cristal Silva en contra del ciudadano Arnaldo Vicente Carrasco Angulo, quedando extinguida la Instancia, pudiendo el demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. Dada, sellada y firmada en Barquisimeto a los diecinueve días del mes de Septiembre de Dos Mil Once. Años 201º y 152º
LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION
Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES
La Secretaria
Abg. SAILÍN RODRÍGUEZ
En la misma fecha se publico y se registro quedando anotada bajo el Nº 2280-2011.
La Secretaria
Abg. SAILÍN RODRÍGUEZ
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