REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, diez de abril de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO : TP11-L-2012-000035
PARTE ACTORA: MAURO JOSE VALERO INFANTE
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: ENGELS VLADIMIR COLMENARES JEREZ
PARTE DEMANDADA: ASERRADERO INDUSTRIAL TRUJILLO C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL ENRIQUE PACHECO TERAN
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, martes diez (10) de Abril del año Dos Mil Doce (2.012), siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m) por ante el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo a cargo de la Jueza Abogada YULIANOVA VALERA VARGAS y de la Secretaria: Abg. YOLIMAR COOZ, en la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar; comparece la parte Actora, el ciudadano MAURO JOSE VALERO INFANTE, titular de la cedula de identidad N° 9.009.872, por intermedio de su Apoderado Judicial Abogado ENGELS VLADIMIR COLMENARES JEREZ , inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 165.689, y por la demandada comparece la empresa: ASERRADERO INDUSTRIAL TRUJILLO C.A representada por el ciudadano RODOLFO BATISTA ALBESIANO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° 5.356.130, por intermedio de su Apoderado Judicial, Abogado RAFAEL ENRIQUE PACHECO TERAN, inscrito en el I.P.S.A bajo el No 126.400. Seguidamente, la Jueza declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia y significado del mismo; del uso de los medios alternos para la solución de los conflictos. Se deja constancia que las partes consignaron escrito de pruebas: La parte actora presento Escrito en 1 folio y su vuelto, y 4 anexos, y la parte demandada, escrito de pruebas en 2 folios y 6 anexos. Se deja constancia que la parte actora por intermedio de su Apoderado Judicial Abogado ENGELS VLADIMIR COLMENARES JEREZ, antes identificado, le entrega el originaldell Certificado de Circulación, de un vehiculo Camión Carga, Placa 58SVBA, año 1992, Chuto, Color Azul y Blanco, Serial de Carrocería RD688SXLDV13158 al Apoderado Judicial de la parte demandada. En este estado y luego de haber explorado con el Tribunal diferentes escenarios de salida al conflicto planteado, las partes llegan al siguiente acuerdo: La parte demandada ofrece pagar a la parte demandante la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS (Bs. 6.500,00) por los conceptos demandados, la cual será cancelada en dos partes: la Primera en este acto, mediante cheque N° 00000999, cuenta N° 0108-0378-12-0100011944, del Banco Provincial de fecha 10-04-2012, a nombre del Trabajador, por la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3000,00) y la segunda: Para el día 24 de Abril de 2012, por la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVATRES (Bs.3.500,00) la cual será cancelada por ante la sede del Tribunal. En este estado presente la parte actora, ciudadano: MAURO JOSE VALERO INFANTE, antes identificado, por intermedio de su Apoderado Judicial Abogado: ENGELS VLADIMIR COLMENARES JEREZ, antes identificado, manifiesta que acepta y conviene en lo expuesto por la parte demandada, declarando que una vez materializado el pago nada más tendrá que reclamar por la relación de trabajo con la demandada, ni por la vía Administrativa, ni por la vía Judicial por Concepto de Prestaciones Sociales y demás Beneficios Laborales. En este estado el Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, se ordenara el archivo del expediente, una vez que conste en auto el ultimo pago. Se deja constancia que se entregan las pruebas a las partes. Es Todo. Termino. Se leyó. Conforme firman.
LA JUEZA CUARTA DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN

ABG. YULIANOVA VALERA VARGAS
LA SECRETARIA,
Abg. YOLIMAR COOZ

APODERADO JUDICIAL DE PARTE ACTORA


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDA