REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete de abril de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO : AP21-S-2012-000347

Vista la transacción celebrada entre las partes en fecha 27 de marzo de 2012,
en la cual la ciudadana AURA LUGO, titular de la cédula de identidad Nro. 15.394.655, actuando en representación de la parte oferida: ORELIS JHUBIRY GOMEZ SILVA, titular de la cédula de identidad Nro. 15.507.591, según documento poder que consigna en copia simple, asistido por la abogada en ejercicio IRENE RIVAS, I.P.S.A. Nro. 46.846, por una parte, y por la otra la abogada en ejercicio XAMIRA GOYA, I.P.S.A. Nro. 124.444, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente: sociedad mercantil SONDESISTEM TELECOMUNICACIONES, C.A.; en la cual llegan a un acuerdo por la cantidad de Bs. 4.525, mediante cheque que declara recibir en el mismo acto. Vista igualmente la diligencia de fecha 12 de abril de 2012, en la cual la apoderada de la parte oferida, conjuntamente con su abogada asistente, proceden a la corrección de la transacción y la consignación del poder original, tal como fue ordenado por este Juzgado mediante auto de fecha 03 de abril de 2012, este Tribunal por cuanto la transacción celebrada no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo


En relación con las copias certificadas solicitadas, este Juzgado acuerda su expedición por Secretaría de conformidad con el artículo 21, numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


La Jueza

La Secretaria

Abg. Olga Romero
Abg. Marylent Lunar