REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 3 de Abril de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-007782
ASUNTO : TP01-P-2007-007782
RESOLUCION ORDEN DE APREHENSIÓN.
En horas del día de hoy 03 de abril de 2012 las 10:00 de la mañana, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Especial de Verificación de Cumplimiento de Condiciones en la causa seguida al Acusado REINALDO DANIEL PERDOMO GODOY, se constituyó este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas a cargo de la Jueza Abg. Lisbeth Yelipza Hernández Mendoza, acompañado del Secretario de Tribunal Abg. Jonnathan Briceño, a los fines de dar inicio al acto. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: EL FISCAL II DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. ROBERTO DE JESUS BARRIOS, LA DEFNSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA NO SE ENCUENTRA PRESENTE LA VÍCTIMA JENNY PERDOMO NI EL ACUSADO REINALDO DANIEL PERDOMO GODOY. La Jueza vista la ausencia de las partes acuerda dar un lapso de espera de 30 minutos, transcurrido el lapso de espera se verifica nuevamente la presencia de las partes y se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: EL FISCAL II DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. ROBERTO DE JESUS BARRIOS, LA DEFNSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA NO SE ENCUENTRA PRESENTE LA VÍCTIMA JENNY PERDOMO NI EL ACUSADO REINALDO DANIEL PERDOMO GODOY. Seguidamente la jueza revisadas las presentes actuaciones observa que el presente acto ha sido diferido en reiteradas oportunidades en fecha 25/05/2011, 20/06/2011, 19/07/2011, 29/02/2012 y la presente fecha, aunado la resulta de su citación la cual consta en oficio 084, de la Estación policial Nº 5.1 monay en el que se deja constancia que el ciudadano Reinaldo Daniel Perdomo Godoy fue citado personalmente para que acudiera al acto de fecha 29/02/2012 y no acudió, evidenciándose su conducta contumaz para someterse el proceso., por lo que la JUEZA DEL TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: por los fundamentos antes expuestos se revoca las medidas impuestas al Imputado conforme al artículo 262 numeral 250 y 251 parágrafo segundo del Código Orgánico Procesal Penal y decreta la MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del Acusado REINALDO DANIEL PERDOMO GODOY, identificado en actas, y dicta orden de aprehensión en su contra para lo cual acuerda oficiar a los organismos competentes a los fines de que sea incluido en el sistema Integral de información Policial como solicitado por este Tribunal y se cumpla con lo aquí acordado. Se les informa a las partes que la presente acta contiene el auto fundado de la decisión aquí tomada. Cúmplase.
La Jueza de Control Nº 01
Abg. Lisbeth Yelipza Hernández Mendoza.
El Secretario de la Sala
Abg. Jonnathan Briceño
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