Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente del estado Lara con sede en Barquisimeto

Barquisimeto, tres (03) de abril de 2012.
Años: 201º y 153º

ASUNTO: KP02-S-2009-011120

Partes: ANABEL MERCEDES LÓPEZ y ROBERTO ANTONIO ESCOBAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-15.177.078 y V-10.847.850, respectivamente.
Asistidos por: El defensor del Municipio Iribarren del Estado Lara, Juan Ollarves, titular de la cedula de identidad Nº V-9.554.547.
Beneficiarios: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
Motivo: Homologación de Acuerdo de Régimen de Convivencia Familiar.

Vista la solicitud de homologación de acuerdo extrajudicial de régimen de convivencia familiar, presentada ante este despacho por los ciudadanos ANABEL MERCEDES LÓPEZ y ROBERTO ANTONIO ESCOBAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-15.177.078 y V-10.847.850, respectivamente, asistidos por el defensor del Municipio Iribarren del Estado Lara, Juan Ollarves, titular de la cedula de identidad Nº V-9.554.547.
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Régimen de Convivencia Familiar, el cual consiste en lo siguiente:

“PRIMERO: los padres se comprometen a partir de este acto a velar y establecen por el bienestar de la niña por lo cual serán en un 50% y 50%.
SEGUNDO: El padre se compromete a tener en casa de su madre o en algún establecimiento publico.”
Por encontrarse el acuerdo trascrito conforme a la Ley y no vulnerar derechos de la beneficiaria. Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, 03 de abril de 2012. Años: 201º y 153º

LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,

Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES.

LA SECRETARIA,

Abg. Iliana Mejias

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1077-2.012 y se publicó siendo las 10:42 p.m.

LA SECRETARIA

Abg. Iliana Mejias

IVBT/IM/Denisse.-
ASUNTO: KP02-S-2009-011120