REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de abril de dos mil doce
202º y 153º


ASUNTO: KP02-T-2006-000069
Vista la diligencia de fecha 26/03/2012, presentada por el ciudadano JUAN DE LA CRUZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V.-2.602.352, debidamente asistido de abogado, en su condición de parte actora en la presente causa, en donde desiste del presente procedimiento y vista la diligencia de fecha 17/04/2012, suscrita por el abogado en ejercicio MARLON GAVIRONDA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 44.088, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en donde acepta el desistimiento y solicita el archivo del expediente, quien juzga observa, que el anterior desistimiento se ha planteado conforme a derecho y versa sobre derechos disponibles, así como que el desistimiento fue suscrito por la partes, quienes tiene facultad expresa para desistir, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Archívese el expediente.-

La Juez,
La Secretaria.,

Abg. Eunice Beatriz Camacho M.
Abg. Bianca Escalona.



EBCM/BE/rccg.-