REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Año 201º y 152º
ASUNTO: KP02-L-2011-001378
PARTE ACTORA: WILFREDO DEL CARMEN BETANCOURT PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.677.007
ABOGADA APODERADA DE LA PARTE DEMANDANTE: JESUS SOLORZANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 37.771
PARTE DEMANDADA: SPORTING FRANKLINS C. A.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA DEMANDADA: FRANQUIS SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.562.510
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA CORTEZ y RAMON FREITEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 135.818 y 92.199 respectivamente
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy 23 de abril de 2012, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, El Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el Alguacil del Tribunal, ciudadano CESAR ALVARADO; no hicieron acto de presencia ni por si ni por apoderado judicial; la parte demandante WILFREDO DEL CARMEN BETANCOURT PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.677.007, ni la parte demandada SPORTING FRANKLINS C. A., por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Juez
La Secretaria
El Alguacil Demandada
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