REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEPTIMO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
202º y 153º
Barquisimeto, 15 de Agosto de 2012

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-2012-007398
“NEGATIVA DE SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR”:

Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia en funciones Séptimo de Control del Estado Lara, pasar a pronunciarse respecto a solicitud efectuada, por el defensor CRUZ ALEJANDRO MAESTRE LANZA, quien actúa como defensor del imputado WILMER ANTONIO AGUILAR AGUILAR, titular de la cédula de identidad Nº 15.213.743, en la cual solicita que a su defendido se le revise la Medida Privativa de Libertad.

Motivación para decidir
Ahora bien, este Tribunal al analizar las presentes actuaciones observa que riela a los folios (101, al 110), Escrito de Acusación presentado en contra del imputado WILMER ANTONIO AGUILAR AGUILAR, titular de la cédula de identidad Nº 15.213.743, por la presunta comisión del delito de SECUESTRO EN LA MODALIDAD DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en relación con el artículo 11 ejusden, y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, y como se puede apreciar las circunstancias por las cuales se le decreto la privación de libertad al imputado de marras no han variado, aunado a ello que dado los tipos de delitos por los cuales fue acusado, se encuentra evidenciado totalmente el peligro de fuga, ya que en caso de resultar culpable la pena superaría a los diez años. Motivo por el cual se NIEGA LA SOLICITUD DE CAMBIO DE MEDIDA CAUTELAR. Así se decide.

DECISIÓN

Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Séptimo de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR, a favor del imputado WILMER ANTONIO AGUILAR AGUILAR, titular de la cédula de identidad Nº 15.213.743.
Notifíquese a las partes. Cúmplase.-

JUEZ SEPTIMO DE CONTROL

MARISOL LOPEZ GONZALEZ