REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

DECISIÓN
Por todo lo antes señalado este Tribunal de PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a decidir en los siguientes términos PRIMERO: Declara procedente la entrega del vehículo Placas: NO PORTA. Marca YAMAHA. Modelo YT-115. Tipo PASEO. Uso PARTICULAR. Año 2000. Color NEGRO. Clase MOTOCICLETA. Serial de Carrocería MH33WL0041K274746, ahora (FALSO). Serial del Motor, 3HB-283324 ahora (FALSO), en calidad de GUARDA Y CUSTODIA al ciudadano DENNY DAVID PARRA MONTESINO, titular de la cédula de identidad Nº 10.122.958, con la expresa obligación que debe presentarlo ante el Tribunal cada vez que sea requerido. TERCERO: Ofíciese al Jefe del Estacionamiento Judicial “COUNTRY”, para que materialice la entrega del referido vehículo al ciudadano DENNY DAVID PARRA MONTESINO, titular de la cédula de identidad Nº 10.122.958 CUARTO: Se acuerda remitir las presentes actuaciones al despacho de la Fiscalia Séptima del Ministerio Público en el Estado Lara una vez fenecido el lapso de apelación de autos respectivo. QUINTO: Se acordó la entrega de los documentos originales por lo que se debe hacer la entrega de las copias originales.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese. Cúmplase.-


JUEZ SEPTIMO DE CONTROL

MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ