Exp. # 1.891-12
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPÁN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, CUATRO (04) DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE.(2012)
202° y 153°
La presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, con sus recaudos adjuntos, promovida por el ciudadano GUILLERMO ADALBERTO PLAZA ARAUJO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.903.828, domiciliado en la Calle Francisco Labastidas, Casa N° 0-69, jurisdicción del Municipio y Estado Trujillo, debidamente Asistido por el Abogado PEDRO JOSE PEÑA SEGOVIA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro.111.882. De la revisión exhaustiva hecha a las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal observa, que la parte interesada no señaló de manera clara y precisa el Acta o Actas que pretende Rectificar, tal como se indicó por auto de fecha 25 de Octubre de 2012(folio 24), en el cual se instó al promovente a la claridad de la solicitud a los fines de su admisión. En tal sentido, no constando en autos dicho argumento, y, en base a la diligencia cursante al folio 29 de Noviembre de 2011, suscrita por el solicitante, quien manifiesta, “no tener cualidad para actuar en el presente expediente”. En consecuencia, es menester para este Tribunal declarar la inadmisibilidad de la presente solicitud. En cuanto a la devolución de la documentación requerida, el Tribunal proveerá lo conducente por auto separado, una vez que la parte provea de los fotostatos respectivos, Y Así Se Decide.
EL JUEZ


ABG. ASDRÚBAL JOSÉ PACHECO DELGADO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL


ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS