REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, catorce de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2012-000426
PARTE ACTORA: ALEXANDER DE JESUS BRICEÑO LINARES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MELVYN GÓMEZ, ANDRES
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA GLOBAL, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LENIN PARRA
MOTIVO: PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS DE LEY.

En el día hábil de hoy catorce (14) de diciembre (12) de dos mil doce (2012), siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Se deja constancia que la parte demandada empresa DISTRIBUIDORA GLOBAL, C.A. representada legalmente por el ciudadano MIGUEL ARISMENDI, representado judicialmente por su Apoderado Judicial Abg. LENIN PARRA, inscrito en el IPSA bajo el N- 122.440, quien presenta poder en original y copia para la certificación de la copia devolución del original lo cual conforme al artículo 21 ord. 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se ordeno y cumplió, se devuelve el original a la parte presentante. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
La Juez

La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón

Abg. Sandra Briceño




Apoderado de la Parte Demandada.