REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de diciembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : KP02-F-2010-000950
Visto el anterior DESISTIMIENTO de fecha 06-12-2012, presentado por la parte actora abogado LIGIA PIÑA, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA DEL ROSARIO PALENCIA DE LEONE, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nro. 7.313.108, de este domicilio, en el presente juicio de PARTICIÓN DE HERENCIA, contra el ciudadano JIMMI MIGUEL LEONE PALENCIA, venezolano, mayor de edad, con C.I. Nro. 7.416.674, de este domicilio, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Archívese el expediente.
La Juez, La Secretaria,
Abg. EUNICE B. CAMACHO M. Abg. BIANCA M. ESCALONA T.
EBCM/BMET/M. elena.
|