Juzgado de los Municipios Carache Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Carache, dieciséis (16) de Enero de dos mil doce.-

EXPEDIENTE N° 648/2.012.-

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente signado bajo el N° 648/2.012, siendo el demandante: CARLOS ALBERTO GODOY DELGADO, y la demandada: YAMILEX EMERITA COLMENARES VILORIA, por motivo: OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, la cual fue formulada en fecha 10 de Enero de 2.012, por el demandante arriba mencionado y cumplida como ha sido la citación de la parte demandada, se llevó a efecto el acto conciliatorio, y dichos ciudadanos llegaron al siguiente convenimiento, “el ciudadano: CARLOS ALBERTO GODOY DELGADO, se compromete a pasarle a su hija la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,oo) mensuales, igualmente se compromete a cubrir el 50% de los gastos que eventualmente se presenten por vestido, calzado, medicina, uniformes y útiles escolares”. En cuanto a la BONIFICACION DE FIN DE AÑO (AGUINALDOS) será fijada en el mes de Octubre del presente año.-
Este Tribunal determina que los términos del convenimiento no son contrarios a los intereses del Adolescente, en consecuencia y de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 8 ejusdem, y el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente causa y se procederá como Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se ordena dejar copia de la Sentencia en el Archivo de este Tribunal.- Ofíciese al ciudadano Gerente del Banco Provincial, Agencia Carache para aperturar una Cuenta de Ahorros, donde el ciudadano: CARLOS ALBERTO GODOY DELGADO, depositará la obligación de manutención mensual.-
La Juez Provisorio,


Abg. Adriana Saavedra C.
La…
… Secretaria,


Abg. Zulay Vergel Cañizalez.

En la misma fecha se publicó siendo las 11:00 a.m., y se dejó copia certificada en el archivo del Juzgado.
La Secretaria,


Abg. Zulay Vergel Cañizalez.