REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 16 de Enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2012-000036
ASUNTO : TP01-S-2012-000036

Vistas las actuaciones remitidas a este Tribunal de Control Nº 02 DE Violencia Contra la Mujer y la familia del Circuito Judicial penal del estado Trujillo celebrada audiencia de captura del aprehendido, procedentes del Destacamento Nº 15 del Comando Regional Nº 1, Tercera Compañía Segundo pelotón, en donde informan a este Tribunal:“ En el día de hoy 13 de enero del año en curso, siendo aproximadamente las 02: 30 horas de la tarde, el funcionario S/AYU, CASTILLO VICTOR MANUEL, adscrito a ese Despacho, señala que se encontraba en el Punto de Control de Buena Vista, acercándose un vehículo particular marca Dodge, Modelo Aspen, color azul, año 1978, Placas SBN-765, señalándole que se estacionara al lado derecho observando que dentro de las personas estaba una con actitudes de nerviosismo por lo que procedió a identificarlo como LUIS ANTONIO GARCIA SALCEDO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, estado Zulia, fecha de nacimiento 13-10-75, de 35 años de edad, de estado civil soltero, chofer, titular de la cédula de identidad N° 22.084.073, domiciliado en el Sector Los Altos, Parroquia Francisco Eugenio, Maracaibo, estado Zulia, a quien verificamos vía telefónica con el funcionario de guardia es esta sede de nombre PEÑA NEREIDA, quien luego de una breve espera me indico que dicho ciudadano se encontraba requerido por ante el Juzgado de Control del estado Zulia, según orden de captura Nº 3073, de fecha 30-09-2012, delito Violencia Mujer y Familia, Expediente Nº VP02-S-2009-9484, aportada dicha información, le notifique al ciudadano que el mismo se encuentra solicitado, procediendo trasladarlo hasta Departamento Policial N° 10, con sede en la ciudad de Trujillo, estado Trujillo, y que las actuaciones fueran remitidas ante el Juez de Control de Guardia de la Circunscripción Judicial de Trujillo que lo requiere. Es todo cuanto me corresponde informar". Se leyó se terminó y conformes firman”

Ahora bien visto que el ciudadano LUIS ANTONIO GARCIA SALCEDO, se encuentra solicitado por el Juzgado de Control del estado Zulia, según orden de captura Nº 3073, de fecha 30-09-2012, delito Violencia Mujer y Familia, Expediente Nº VP02-S-2009-9484,; considera este Tribunal de conformidad con el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal en DECLINAR COMPETENCIA hacia ese tribunal conforme con los artículos 26 y 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado de Segundo Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. ACUERDA: PRIMERO: De conformidad con los artículos 26 y 44 constitucionales, y el articulo 77 del Código Orgánico Procesal Penal se DECLINA COMPETENCIA acordando remitir las presentes actuaciones conjuntamente el traslado del detenido ciudadano LUIS ANTONIO GARCIA SALCEDO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, estado Zulia, fecha de nacimiento 13-10-75, de 35 años de edad, de estado civil soltero, chofer, titular de la cédula de identidad N° 22.084.073, domiciliado en el Sector Los Altos, Parroquia Francisco Eugenio, Maracaibo, estado Zulia, hasta el Juzgado de Control del estado Zulia, según orden de captura Nº 3073, de fecha 30-09-2012, delito Violencia Mujer y Familia, Expediente Nº VP02-S-2009-9484; SEGUNDO: Se acuerda el traslado del ciudadano LUIS ANTONIO GARCIA SALCEDO, antes identificado, el cual lo materializará el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalisticas Sub Delegación Valera, estado Trujillo (División de capturas) quienes lo pondrán a la orden del Tribunal antes señalado con las actuaciones. Remítase la presente causa y ciérrese informáticamente.
El Juez de Control Nº 02

Abg. Ulises José Briceño Núñez


Abg. Karla Contreras

La Secretaria