REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 26 de Enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2011-000008
ASUNTO : TP01-S-2011-000008

RESOLUCION DE COMPARECENCIA VOLUNTARIA (SIN EFECTO ORDEN DE CAPTURA)

En el día de hoy compareció ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas, el ciudadano YOVANY OROZCO VIERA titular de la cedula de identidad Nº 14.329.806, quien manifestó que el no se presento a la última audiencia debido a la muerte de su madre y consigno copia del acta de defunción. El Juez revisadas las actuaciones observa que en fecha 21 de noviembre de 2011, este Tribunal orden la captura del imputado considerado justificado el motivo por el cual el imputado no pudo comparecer ante el Tribunal, causa suficiente para ordenar dejar sin efecto dicha orden de aprehensión, así se decide. Por lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial penal del estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA PRIMERO: se revocar la medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y dejar sin efecto la orden de aprehensión emanada de este Tribunal en fecha 21-11-2011, para lo cual se acuerda oficiar a los organismos competentes a los fines de que sea excluido del sistema como solicitado. Seguidamente el Imputado YOVANY OROZCO VIERA titular de la cedula de identidad Nº 14.329.806 impuesto del precepto constitucional del artículo 49.5 manifiesta: Mi nuevo domicilio procesal es SECTOR SAN MARTIN DEL HUMO, EN LAS 26 CASA PARROQUIA LA BEATRIZ, CASA S/N CERCA DEL IUTET Y DEL PARQUE BOTANICO TELEFONO 0426-6293427 MUNICIPIO VALERA ESTADO TRUJILLO. SEGUNDO: el imputado solicito se le designe un defensor público a los fines de que lo asista en el presente asunto y revoco a los defensores privados, por lo, que se decide notificar a los defensores privados y oficiar a la unidad de defensa pública para que designen defensores la presente causa. . TERCERO: el juez ordena actualizar la dirección del imputado en el sistema juris 2000 y ACORDO FIJAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR PARA EL DÍA MARTES 07 DE FEBRERO DE 2012 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Regístrese y Publíquese


El Juez de Control Nº 02 (S)

Abg. Ulises Briceño.



Secretaria

Abg. Karla Contreras