ASUNTO: KP02-S-2009-009932

DEMANDANTE: ANA ROSA GARCIA, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 9.559.206.
Asistida Por: Abg. MARIA DE LOS ANGELES MARTINEZ, Fiscal Decimoquinta del Ministerio Publico.
BENEFICIARIA: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de ocho (08) años de edad.

MOTIVO: TUTELA, (Declaración de terminado el procedimiento por aplicación del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).

En fecha 23 de julio de 2009, la ciudadana ANA ROSA GARCIA, ya identificada, presentó solicitud de Tutela, en beneficio de su nieta IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, acompañó su solicitud con copia certificada de la partida de nacimiento y copias certificadas de las actas de defunción de los padres de la beneficiaria.
En fecha 10 de agosto de 2009, el tribunal admitió la demanda y se acordó abrir el Consejo de Tutela permanente, designar tutor interino a la niña, oír la opinión de la beneficiaria y la notificación de la Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 02 de octubre de 2011, el alguacil del Tribunal consignó boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal del Ministerio Público (f. 10).
En fecha 25 de mayo de 2011, la Juez se aboco al conocimiento de la causa, se ordena la notificación de la solicitante, la cual fue debidamente notificada en fecha 01 de junio de 2011 (f. 18).
En fecha 30 de junio de 2011, la secretaria del tribunal certifico la notificación de la solicitante y en la misma se fijo oportunidad para la audiencia preliminar en la presente causa.
En fecha 03 de agosto de 2011, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia, se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que la representación fiscal solicito el diferimiento de la audiencia para garantizar a la beneficiaria el establecimiento de representante legal y se fijo nueva oportunidad.
En fecha 06 de octubre de 2011, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia, se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que la representación fiscal solicito el diferimiento de la audiencia para garantizar a la beneficiaria el establecimiento de representante legal y se fijo nueva oportunidad.
En fecha 17 de octubre de 2011, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia, se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes ni por si ni mediante apoderado judicial y se fijo nueva oportunidad para el día 28 de noviembre de 2011 oportunidad en la cual no comparecieron ni la solicitante ni los integrantes del consejo de tutela, tal como ocurrió en la oportunidad fijada para el día trece (13) de diciembre de 2011, por lo que en aplicación del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declara Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, declara DESISTIDO el procedimiento de Tutela, intentado por la ciudadana ANA ROSA GARCIA, ya identificada, en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide. Hágase entrega de los originales a la parte interesada y déjese constancia en el Libro Diario, dése por terminado en el sistema Juris, y remítase al archivo judicial, notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público.
Regístrese y publíquese
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los doce (12) días del mes de enero de dos mil doce (2012). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación

Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES
La Secretaria

Abg. Iliana Mejias
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 93-2.012 y se publicó siendo las 01:34 p.m.

La Secretaria

Abg. Iliana Mejias