Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara - sede Barquisimeto.
Barquisimeto, 26 de Enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO: KP02-V-2011-003571
Demandante: MARCOS RICARDO GALINDEZ MUJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.626.402, de éste domicilio.
Demandada: KARIN YINYER MARIANA GIMENEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.164.177, de éste domicilio.
HIJO: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE), de 02 años de edad.
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de régimen de Divorcio contencioso por aplicación del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 03 de noviembre de 2011, el ciudadano MARCOS RICARDO GALINDEZ MUJICA ya identificado, presentó demanda por divorcio contencioso en contra de la ciudadana KARIN YINYER MARIANA GIMENEZ SANCHEZ; acompañó su demanda con copia certificada de la partida de nacimiento del hijo procreado y del acta de matrimonio.
En fecha 08 de noviembre de 2011, se admitió la demanda, se acordó la notificación de la parte demandada.
En fecha 22 de noviembre de 2011, el secretario del Tribunal certificó la notificación de la parte demandada, y en la misma fecha, se fijó oportunidad para la audiencia de reconciliación.
En fecha 05 de diciembre de 2011, oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de reconciliación, presentes ambas partes, se dejó constancia de la imposibilidad de lograr la reconciliación entre los cónyuges, y la insistencia de la parte demandante de continuar con el procedimiento.
En fecha 06 de diciembre de 2011, se fijó oportunidad para la audiencia preliminar en fase de Sustanciación.
En fecha 25 de enero de 2012, siendo el día y la hora fijada para que tuviera lugar la audiencia preliminar en fase de sustanciación, se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes demandante ni demandada, ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que en aplicación del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de divorcio contencioso, intentado por el ciudadano MARCOS RICARDO GALINDEZ MUJICA, ya identificado, en contra de la ciudadana KARIN YINYER MARIANA GIMENEZ SANCHEZ y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Barquisimeto, 26 de enero de 2012. Año 201º y 152º.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN
Abg. ROSANGELA SORONDO GIL
LA SECRETARIA.
Abg. OLGA SOFIA DAAL
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 236-2.012, siendo las 09:02 a.m.
LA SECRETARIA.
Abg. OLGA SOFIA DAAL
RS/ OSD/Diana.-
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