REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
Trujillo, 12 de Enero de 2012
201º y 152º

Por cuanto de auto de fecha 12-01-2012, se dio la entrada a la presente causa se acuerda la notificación de las partes del ABOCAMIENTO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en el estado en que se encuentra, del abogado JOSE GREGORIO ANDRADE, por haber sido designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en sesión de fecha 20 de Mayo de 2011, así mismo haberse llevado a cabo la creación de la Jurisdicción Especial Agraria de fecha 29 de Octubre de 2008, Resolución Nº 2008-0051 y constitución ante esta sede de fecha 20 de Diciembre de 2011, En consecuencia, se ordena la notificación de las partes o de sus apoderados, que deberá cumplirse con arreglo a lo preceptuado en los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Se fija un lapso de diez (10) días de despacho para la reanudación del proceso, que se computará desde que sea cumplida la notificación ordenada, luego de lo cual comenzarán a correr los lapsos para que las partes hagan uso de su derecho a la defensa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta y entréguese al Alguacil a los fines respectivos.

Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.
JUEZ
Abg. GEOVANNA GODOY
SECRETARIA
En la misma fecha se libró boletas de notificación. Conste.
Scría.
JGAP/GG/FJA.
Exp. N° 0035-2012