REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintitrés de febrero de dos mil doce
201º y 152º

ASUNTO : TP11-L-2012-000066
DEMANDANTE: MARLENE JOSEFINA GODOY
APODERADO: RUBEN RONDON
DEMANDADA: ALCANDIA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO TRUJILLO
MOTIVO PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

Visto que se recibió en fecha 02/02/2012 asunto para sustanciar TP11-L-2012-000066 donde figura como parte demandante la ciudadana MARLENE JOSEFINA GODOY, titular de la cedula de identidad N- 9.111.295, domiciliado en el Municipio Sabana de Mendoza del Estado Trujillo, representada por la Abg. RUBEN RONDON, inscrito en el IPSA bajo el N- 38.886, contra ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO TRUJILLO representada legalmente por la ciudadana EDUVIGUES TORRES, cedula de identidad desconocida, por motivo COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, este Tribunal observa del estudio del asunto lo siguiente: PRIMERO: Que en fecha 03/02/2012 se ordeno corregir libelo de demanda conforme al artículo 123 ord. 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Que en fecha 16/02/2012 se recibió resulta del cartel de notificación en forma positiva la cual cursa a los folios 17 al 19 del asunto, evidenciándose que la parte actora recibió el cartel. TERCERO: Que transcurrido el lapso legal establecido la parte no subsano libelo de demanda incumpliendo con la orden impartida por lo que este Tribunal considera como inadmisible la presente demanda en consecuencia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA intentada por la ciudadana MARLENE JOSEFINA GODOY, titular de la cedula de identidad N- 9.111.295, representado por el Abg. RUBEN RONDON, inscrito en el IPSA bajo el N- 38.886, pudiendo ejercer el recurso correspondiente dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de hoy ó interponer nuevamente la demanda. A los veintitrés (23) días del mes de febrero (02) de dos mil doce (2012) Publíquese y Regístrese A los 201° y 152° Siendo las 11:15 a. m.
La Juez

Abg. YULIBETT CALDERÓN La Secretaria

Abg. ASTRID LEÓN


En esta misma fecha se publico. La Secretaria

Abg. ASTRID LEÓN