REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, seis de febrero de dos mil doce
201º y 152º
ACTA
ASUNTO Nº TP11-L-2011-000318
PARTE ACTORA: YARIMA YANETH ARAUJO GONZALEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-12.499.705
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ABOGADO RUBEN RONDON, INSCRITO EN EL I.P.S.A BAJO EL N° 38.886, EN SU CARÁCTER DE PROCURADOR DE TRABAJARES
PARTE DEMANDADA: GLADYS RAMONA VALERA CORNIELES
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS LABORALES DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL
En el día hábil de hoy seis de febrero de dos mil doce, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio ABOGADO RUBEN RONDON, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 38.886, en su carácter de Procurador de Trabajares, quien no tiene poder para representar a la parte actora ciudadana YARIMA YANETH ARAUJO GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-12.499.705, quien no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
El Juez
Abg. Nelson Bravo Materano
El Procurador de Trabajadores
La Secretaria
Abg. Luz Salome Matheus
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