Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, dos de febrero de dos mil doce
201º y 152º
ASUNTO: KP02-J-2012-000531
Vista la solicitud de Homologación de acuerdo extrajudicial de Régimen de Convivencia Familiar, presentada ante este despacho por los ciudadanos: MARIA ALEJANDRA CAMACARO DURAN Y JESUS EDUARDO LOPEZ ARAQUE, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-19.104.755 y V-17.155.349, respectivamente asistidos por la Fiscal Decimoquinta del Ministerio Publico del estado Lara, Abg. MARIANGEL ARGUELLES SALAS, luego de revisarlo le da entrada.
PARTES SOLICITANTES: MARIA ALEJANDRA CAMACARO DURAN Y JESUS EDUARDO LOPEZ ARAQUE, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-19.104.755 y V-17.155.349, respectivamente.
BENEFICIARIOS: (Identidad omitida en concordancia con el artículo 65 de la L.O.P.N.N.A.).
Motivo: Homologación de acuerdo de Régimen de Convivencia Familiar.-
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo y régimen de convivencia familiar, el cual consiste en lo siguiente: “Los niños compartirán con su padre dos domingos al mes alternados con la madre pero sin pernocta, desde las 8:00 de la mañana que lo buscara en el hogar materno hasta las 6:00 de la tarde del mismo día que lo reintegrara al hogar materno; en las épocas de de carnaval y semana santa el niño compartirá con el padre de mutuo acuerdo con la madre; día de las madres con la madre y día de los padres con el padre.”. Por encontrarse el acuerdo trascrito conforme a la Ley y no vulnerar derechos de los beneficiarios. Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada del mismo a los interesados. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, 2 de febrero de 2012. Años: 201º y 152º
LA JUEZ TERCERO DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN,
ABG. LISBETH G. LEAL AGUERO
La Secretaria,
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 245-2012- y se publicó siendo las 2: 58 p.m.
La Secretaria
LGLA/Carolina R.
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