DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA Orden Judicial de Aprehensión, en contra del ciudadano GABRIEL ANTONIO MENDOZA LUNA, cédula de identidad Nº: 18.654.705, ya identificado, por considerar que están llenos los extremos señalados en los artículos 250, 215 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, donde figura como víctima el ciudadano Navas Eduardo Enrique, cédula de identidad Nº: 16.868.300, y se ORDENA SU APREHENSION por las fuerzas de coerción del país, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual una vez ejecutada, deberá ser conducido ante este Tribunal, a fin de cumplirse el procedimiento señalado en el prenombrado artículo.

Líbrense los correspondientes oficios. Notifíquese a la Fiscalía Décima del Ministerio Público del estado Lara. Líbrese Oficio a la Coordinación de la Defensa Pública a los fines que designe Defensor Público Penal al referido ciudadano, para preservarle el derecho constitucional a la Defensa.

Regístrese. Líbrense los Oficios y Boletas que correspondan. Cúmplase.-

Juez de Control Nº 5

Abg. Leila Ibarra Secretaria Administrativa