REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, diez de julio de dos mil doce
202º y 153º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2012-000224
PARTE ACTORA: BARBARA YULENDY RIVAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RUBÉN RONDÓN
PARTE DEMANDADA: RAFAEL ARAUJO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LENYS CASTELLANOS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES
En el día hábil de hoy diez (10) de julio (7) de dos mil doce (2012) , siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadana BARBARA YULENDY RIVAS, titular de la cedula de identidad N- 18.348.113 no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por intermedio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Se deja constancia que la parte demandada comparece a la audiencia preliminar en la persona de su apoderada Abg. LENYS CASTELLANOS, inscrita en el IPSA bajo el N- 77.365, quien presenta poder en original y copia para la certificación de la copia y devolución del original lo cual se cumplió y se ordeno a la Secretaria certificar conforme al artículo 21 ordinal 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y se devuelve el original a la parte. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
La Juez
La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Merly Castellanos
Apoderada del Demandado
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