REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dieciséis de julio de dos mil doce
202º y 153º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2012-000030
PARTE ACTORA: WALTER PEDRO LUIS ANTONELLO GECHELE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN CIVIL CLUB DEPORTIVO ITALVEN
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS MUJICA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el día hábil de hoy dieciséis (16) de julio (7) de dos mil doce (2012) , siendo las 1:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en caso que no ejerza recurso alguno podrá intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Se deja constancia que la parte demandada ASOCIACIÓN CIVIL CLUB DEPORTIVO ITALVEN compareció a la audiencia por intermedio de su Apoderado Judicial Abg. LUIS MUJICA, inscrito en el IPSA bajo el N- 117.475. Mediante auto separado el Tribunal se pronunciara sobre las pruebas presentadas en el proceso quedando las mismas en custodia del Tribunal. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
La Juez

La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Merly Castellanos

Apoderado de la Demandada.


En la misma fecha se publico

La Secretaria

Abg. Merly Castellanos