REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEPTIMO EJECUTOR DE MEDIDAS



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 16 de Julio de 2012
Años 202º y 153º

CARTEL DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la sociedad mercantil, MARIA EUGENIA´S C.A., domiciliada en Maturín, Estado Monagas, inscrita por ante el Registro Mercantil que llevada el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, parte actora en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue contra la empresa aseguradora SEGUROS LA SEGURIDAD, C.A., (antes Compañía Anónima Seguros La Seguridad, C.A.), originalmente inscrita por ante el Registro Mercantil del Distrito Federal, en fecha 12 de mayo de 1943, bajo el Nº 23135, cuya última reforma al Documento Constitutivo-Estatutario consta de Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, de fecha 05 de agosto de 1994, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30 de septiembre de 1994, bajo el Nº 7, Tomo 103-A-Pro, en el expediente signado con el Nº Antiguo AH18-V-1997-000013 de la nomenclatura interna del Circuito Judicial de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y con el Nro. 00071-12 nomenclatura interna de este Juzgado, que este Juzgado por auto de esta misma fecha, ordenó su notificación, a los fines de hacerle saber que en fecha 30 de noviembre de 2011, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia mediante Resolución Nro. 2011-0062, resolvió en su artículo 1 atribuir a este Despacho, competencia como Juez Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, sólo para resolver todas aquellas causas que se encuentran en estado de Sentencia Definitiva, fuera del lapso legal comprendido hasta el año 2009, asimismo en su artículo 5 estableció que los Jueces Itinerantes se abocarán de oficio y ordenarán la notificación de las partes, en tal sentido y, a los fines de dar cumplimiento a lo antes mencionado, la ciudadana MILENA MARQUEZ CAICAGUARE, en su carácter de Juez Titular de este Despacho se ABOCÓ en esta misma fecha al conocimiento de este asunto en el estado en que se encuentra, en el entendido que vencido el lapso de diez (10) días de despacho después de la constancia en autos de la notificación de las partes, la causa se reanudará en el estado en que se encuentra y, paralelamente correrá el lapso de tres (03) días de despacho señalados en el articulo 90 de Código de Procedimiento Civil. El presente Cartel de Notificación deberá publicarse en La Cartelera de este Tribunal. Notificación que se le hace de conformidad con el artículo 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ,

MILENA MARQUEZ CAICAGUARE.-
Exp. Nro. 00071-12.
Exp. Antiguo: AH18-V-1997-000013.-
MMG/YJPM.-