REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEPTIMO EJECUTOR DE MEDIDAS


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CARACAS 18 de Julio de 2012
Años 202º y 153º

CARTEL DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A los ciudadanos, BRICEÑO PBREGON y CARMEN FRANCO OBREGON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad N° V-5.891.808 y v-4.420.507, parte demandada en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue en su contra, la entidad bancaria BANESCO BANCO UNIVERSAL S.A.C.A domiciliada en la ciudad de caracas, originalmente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia el 13 de Junio de 1977, bajo el Nº 1, tomo 16-A, cuya transformación en Banco Universal consta de documento inscrito en la citada Oficina de Registro en fecha 4 de septiembre de 1997, bajo el Nº 63, tomo 70.A, el cual forma parte del expediente de la compañía que se acompaño a la participación que por cambio de domicilio se presento ante el registro mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 19 de Septiembre de 1997, quedando inscrita bajo el Nº 39, Tomo 152-A Qto. signado con el Numero de Expediente Antiguo AH1C-V-1999-000042 de la nomenclatura interna del Circuito Judicial de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y con el Nro. 00129-12 nomenclatura interna de este Juzgado, que este Juzgado por auto de esta misma fecha, ordenó su notificación, a los fines de hacerle saber que en fecha 30 de noviembre de 2011, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia mediante Resolución Nro. 2011-0062, resolvió en su artículo 1 atribuir a este Despacho, competencia como Juez Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, sólo para resolver todas aquellas causas que se encuentran en estado de Sentencia Definitiva, fuera del lapso legal comprendido hasta el año 2009, asimismo en su artículo 5 estableció que los Jueces Itinerantes se abocarán de oficio y ordenarán la notificación de las partes, en tal sentido y, a los fines de dar cumplimiento a lo antes mencionado, la ciudadana MILENA MARQUEZ CAICAGUARE, en su carácter de Juez Titular de este Despacho se ABOCÓ en esta misma fecha al conocimiento de este asunto en el estado en que se encuentra, en el entendido que vencido el lapso de diez (10) días de despacho después de la constancia en autos de la notificación de las partes, la causa se reanudará en el estado en que se encuentra y, paralelamente correrá el lapso de tres (03) días de despacho señalados en el articulo 90 de Código de Procedimiento Civil .
El presente Cartel de Notificación deberá publicarse en La Cartelera de este Tribunal.
Notificación que se le hace de conformidad con el artículo 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ,

MILENA MARQUEZ CAICAGUARE.-
Exp. Nro. 00129-12.
Exp. Antiguo: AH1C-V-1999-000042.-
MMG/YJPM/9.-