REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de julio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: KP02-V-2012-001757
Vista la solicitud de FILIACIÓN, intentada por los ciudadanos VERONICA ALEJANDRA, NELSON JOSE, DILIANNE ELIZABETH y ENMANUEL DAVID RODRIGUEZ ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.323.935, 17.379.768, 19.696.059 y 19.696.054, respectivamente, asistidos por la abogada Ismary Bravo Freitez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.899, este Tribunal niega su admisión por cuanto existe una pluralidad de pretensiones en la cual no hay identidad de titulo debido a que se solicita la Filiación de personas distintas, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Mónica