REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años 201º y 153º

ASUNTO: KP02-L-2011-001229
PARTE ACTORA: HEIDY CAROLINA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 17.373.316
ABOGADA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: KEYLA OLIVEIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 59.233, Procuradora de Trabajadores
PARTE DEMANDADA: DIGAR C.A.
ABOGADO APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: FRANCISCO LLAMOZAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 102.285
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 4 de Junio de 2012 siendo las once y media de la mañana (11:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece únicamente por la parte demandada DIGAR C.A., su apoderado judicial abogado FRANCISCO LLAMOZAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 102.285. En este estado se deja constancia que anunciado como fue el acto por el Alguacil JEAN LEONARDO TUA, la parte actora HEIDY CAROLINA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 17.373.316, no compareció ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley y el derecho, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.

La Jueza

Abg. Rosanna Blanco Lairet
La Secretaria

Abg. Nailyn Rodríguez Castañeda

Parte Demandada
Alguacil