REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

0REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL

Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 4 de Junio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2012-000913
ASUNTO : TP01-S-2012-000913

RESOLUCIÒN DE LA AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO.

Celebrada Audiencia de Presentación el día de hoy 04 de junio de 2012; este Tribunal Segundo de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, acordó:

DE LA SOLICITUD FISCAL
Le fue cedida la palabra a la Fiscalía, quien narró los hechos ocurridos en fecha no especifica de conformidad de la Decisión de fecha 20/03/2009 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para formalizar el acto de imputación en la Audiencia de Presentación se hace una relación sucinta de los hechos (SE LE HACE LECTURA DEL ACTA DE DENUNCIA, DEL ACTA POLICIAL, DE SUS DERECHOS COMO IMPUTADO Y DE LAS DEMÁS ACTAS PROCESALES) y se imputa al Ciudadano JULIO ALBERTO ESPINOZA GAMEZ por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, delitos previstos y sancionados en los artículos 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de ………………………………………, y por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA A ADOLESCENTE delitos previstos y sancionados en los artículos 41 y 43 numeral 3º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de ……………………., se califique la flagrancia de conformidad con el artículo 93 eiusdem, solicitó se acuerde la aplicación del procedimiento especial de conformidad con el artículo 94 eiusdem en el presente caso, Por tratarse de un hecho punible que amerita pena privativa de libertad y al no estar evidentemente prescrita, existir fundados elementos de convicción de que es el posible autor de los hechos que se le imputan, existir peligro de fuga y de obstaculización por cuanto puede influir sobre las niñas y la adolescente para que se comporten de forma desleal y reticente asi como por la pena que podría llegarse a impone se presume el peligro de fuga se decreta la MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD conforme al artículo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal a cumplirse en el internado judicial de Trujillo y solicito la evaluación psicológica a la s victimas ante el Equipo interdisciplinario.

DECLARACIÒN DE LAS VÌCTIMAS
Seguidamente la jueza le cede el derecho de palabra a la ………. ………………. quien expone: “eso fue hace ocho a los atrás, el me tocaba mis partes intimas, trataba de hacer sus cosas y eso pero después que murió mi papa nos vinimos a Trujillo, al mudarnos para acá el venia para la casa y como dos veces intento hacerme lo mismo y yo notaba a mi hermanita rara y le pregunto que le estaba pasando y me dijo que el también abusaba de ella, y le dije que por que no le decía a mi mama y me dijo que el la tenia amenazada y le conté a mi mama y mi mama una vez hablo con ella y ella le dijo que no que por miedo, Pregunta al fiscal ¿Cuándo ocurrió la ultima vez? Hace tiempo como en enero o En febrero de este año, ¿Qué son esas cosas cochinas a que te refieres? El se quitaba su ropa y eso y el me introducía eso ahí y me dolía mucho le decía que no, yo me lo quitaba de encima y eso y como mis hermanas estaban ahí me decía no cállate y salía y se iba ¿tu hermano habia visto? no, el estaba en la sala y yo en el cuarto que queda retirado, el entra a mi cuarto como si nada ¿Eso fue en que fecha’ como en esos meses. ¿Tienes una idea de cuantas veces habia ocurrido eso? Como dos o tres veces. ¿Con penetración? El intentaba hacer so y a mi me dolía y nunca llegue a sentirlo todo adentro. ¿Haz tenido relaciones sexuales con otra persona de forma consentida? No ¿Esa vez fue en forma voluntaria o el te obligaba? El me obligaba entraba al cuarto y me decía cállate me agarraba y me quitaba el short y la piyama, ¿solo te quito la parte de abajo? Los sostenes también y me tocaba los senos. ¿Te los llego a subsionar? No. Pregunta la defensa ¿tienes buena relación con tu mama? No muy bien ¿le tienes confianza? No ¿Dices que estaba tu hermano? Si, pero no se dio cuenta de eso ¿Quines estaban en la casa las veces que eso pasaba? Siempre estaba sola. ¿Dónde paso eso por primera vez? Hace ocho años en la casa de mi abuela por agua clara por el eje vial. ¿y las otras veces? En mi casa aquí en Trujillo por la libertador. ¿Tus hermanitas entraban en la casa cuando eso pasaba? A las 12 y a las 03:00 de la tarde ¿Cuándo pasaba eso’ en las mañanas. ¿Haz llegado a sangrar? No ¿tomas métodos anticonceptivos? No. ¿Cuándo le contaste a tu mama? Cuando m hermanita me lo contó el miércoles. ¿En que horario estudias’ de doce a seis en el pedro carrillo marques ¿Cómo te la llevas con tus compañeros de clase? No los trato ¿Dónde fuiste a buscar la tarea? Si en el liceo de pampanito. ¿Cuándo fue la última vez que viste al señor? El jueves. Pregunta la Jueza ¿tu siempre dices que el intentaba, o sea que nunca lo hizo? No, nunca me penetró, ¿tú refieres que eso sucedió hace ocho años, que te hizo esa vez? Me tocaba mis partes intimas y también intentaba hacer eso, o sea que me quitaba mis parte sede abajo y me quería hacer eso ¿Cuándo fue la segunda vez=? Cuando tenia once años ¿El intentaba pero no lo hizo? No. ¿y la ultima vez? Fue en febrero ¿te penetro? El me metía eso y me dolía pero no llegue a sangrar. ¿Sentiste que el te penetro? Si, yo sentí eso ahí ¿Qué sentiste? Un dolor muy fuerte. ¿Te penetro’ el trataba pero no podía. ¿Dónde te amenazo últimamente? Cuando fui al liceo ¿Estudias en la vega? Si el me amenazo en el liceo de pampanito fui a buscar una tarea mi prima estudia allá y me iba prestar un libro, fui sola. ¿Tu te lo encuentras a el? Si, yo le dije que porque se había metido con mi hermana que si estaba loco, me dijo que si contaba me iba a ir mal. Eso fue el jueves ¿Cuándo hablaste tu con tu mama? El miércoles en la noche. Es todo.”
Seguidamente la jueza le cede el derecho de palabra a la …………………………. expone: “el me tocaba mis partes intimas me mostraba lo que el tiene, el iba para la casa y me tocaba y a mi me daba miedo, el se metía para mi cuarto, y el empezaba a tocarme, me tocaba por aquí, Pregunta la Fiscalia ¿Qué es lo que el te mostraba? La parte esta el pene. ¿Por donde te tocaba? Por aquí en la vulva y por el trasero ¿por donde mas te tocaba? Por los senos ¿Cuándo hacia eso? Cuando iba para mi casa ¿con quien estabas tu? Con mi hermana chiquita porque ella se iba al liceo ¿donde te hacia eso? en mi cuarto o en el cuarto de mi mama ¿Qué te decía? Que no dijera nada ¿El que te decía antes? Me llamaba. Me decía ven acá y yo iba ¿Cuántas veces paso eso? Muchas veces ¿Por qué tu ibas si sabia que el te iba hacer eso? porque me daba miedo que me fuese hacer algo. ¿Qué te hacia? me metía el dedo en la vagina, no me lo metía tan profundo, pero yo le decía que me dolía ¿Qué te hacia con el pene? Solo me lo mostraba, es un poco largo es negro, tiene dos pelotitas abajo, y un huequito donde hacen pipi. ¿Y por ese huequito soltaba algo el? no soltaba nada. ¿Cuándo te lo mostraba como lo tenía? Flexible ¿Qué es flexible para ti? Que se mueve ¿Cómo? El lo tenía asi y se movía para arriba y para abajo. ¿Me puedes decir la medida con tus manos? Es como así. ¿El tenia pelitos? No me acuerdo bien porque fue hace mucho tiempo Pregunta la defensa ¿Cuántos años tienes? 10 y estudio quinto ¿Qué es la vulva? Lo que las mujeres tienes ¿Quién te enseño eso? En la escuela en temas cuando uno veía el cuerpo humano ¿Qué más te enseñaron de esa parte? Que lo tienen las mujeres y los hombres no. ¿Qué edad tenias cuando pasaba eso? Nueve. ¿Cuántas veces paso? El iba para la casa varias veces ¿a quien le contaste eso? A nadie ¿nunca le contaste eso lo que estas contando aquí? No. ¿Tu hermano ha estado en la casa cuando pasaba eso? El se iba al liceo ¿Cuál es tu horario’ de 7:30 a 03:300 ¿Quién te busca’ nadie. ¿Cuándo llegas quien esta? Mi tia. ¿A que hora paso eso que dices? No recuerdo bien, cuando llegaba de la escuela a las 12:00 el estaba allá. Pregunta la jueza ¿Cuándo paso la primera vez? Yo estaba chiquita mi papa estaba recién muerto hace cuatro años y ahorita va a cumplir cinco ¿El visita seguido tu casa? El visitaba ¿En que parte de la casa te tocaba? En cualquier parte, cuando iba a la cocina me tocaba, ¿Qué te decía el? nada, que me quedara callada, por eso no le conté a nadie. Es todo.
Seguidamente la jueza le cede el derecho de palabra a la …………………………………: “el llegaba y me tocaba mis partes intimas, me tocaba todo mi cuerpo, solo eso Pregunta la Fiscal ¿Dónde te tocaba el? Aquí y en todo mi cuerpo ¿Estabas vestida o desnuda? Vestida ¿Y cuando te tocaba la vagina estabas vestida allí? Si ¿Cuántos años tienes? 09. ¿Qué estudias? Tercero. ¿Cuántas veces te tocaba el señor? No se, varias, no recuerdo. ¿Todas esas veces ocurrieron vestida tu? no ¿Cómo ocurrieron esas veces que no estabas vestida? El me quitaba el mono y la pantaleta, el me tocaba con la mano ¿por donde te tocaba? Por aquí ¿Y que mas hacia el cuando te tocaba? Más nada. Pregunta la defensa ¿Quién estaba en la casa? Nadie los muchachos se iban a estudiar, mi mama se iba a trabajar y quedábamos yo y ……... ¿A quien le contaste? A mi tía ……… ¿cuando le contaste? Si el30 de mayo. ¿A quien más le contaste? A mi mama el 30 de mayo porque …….. le dijo a mi mama entonces yo le, dije. ¿ A que hora sales tu del colegio? A las 1 y a veces a las 03:30, …Mi hermano de nombre jose Antonio ¿Quién las busca en el colegio? Nadie. ¿Le contaste a ……….. de esto? si le conté. ¿Cuándo le contaste? el mismo dìa pero antes ¿Cómo se la llevan ustedes con tu mama? Bien ¿Y con tu tía? bien.

DECLARACIÒN DEL IMPUTADO PREVIA IMPOSICIÒN DEL ARTÌCULO 49 CONSTITUCIONAL Y DEMÀS DERECHOSPROCESALES
Seguidamente la Jueza le impuso al Investigado, de los artículos 41, 43 y 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del precepto Constitucional consagrado en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, quien se identificó como: JULIO ALBERTO ESPINOZA GAMEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.316.610, Venezolano, de 41 años, nacido en fecha 10.316.610 de ocupación obrero hijo de Isabel Gamez y Julio Alberto Espinoza, estado civil soltero, domiciliado en PAMPANITO, SECTOR PUEBLO NUEVO CALLE SAN ANTONIO CASA S/N DOS CUADRAS BAJANDO POR LA ESCUELA BOLIVARIANA JUAN IGNACIO MUNICIPIO PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO y expuso: “primero que todo lo que dice la niña es falso, uno cuando dice que me fue a buscar al liceo por un trabajo, me llamo y me pregunto por mío niña y le dije que me fuera a buscar en la puerta, fue a buscar una bandana una pañoleta que va en la cabeza, cuando ella se fue ni aviso ni nada yo le mande un mensaje y le dije usted se fue y no aviso y no le escribí mas nada, de la niña y todo eso no se porque me culpan a mi, de que si hubo penetración y si les enseñe el pene, yo iba a la casa de ellas que a cambiarles la cerradura, ellas si tiene un tío que las abraza y las besa las soba, una vez lo encontraron masturbánsode en la cama de la mayor, una vez lo encontraron encima de las menores, mi compadre y ella lo encontraron le cayeron a cachetadas y golpes, no se porque me señalan de eso que les hace su tío, si yo fui a cerrarles la cerradura, yo iba a su casa con mi señora y mis hijos y nos quedamos allá porque yo dormía solo en un cuarto con mis niños, ellas son conscientes de que el tío es el que se me te a su casa a sobarlas, porque muchas veces se lo contó a mi esposa y a mi, no amenace a nadie en el liceo, eso es mentira, otra vez fue con una amiga de Studio y le pregunte y se fue, y el jueves cuando me envió un mensaje las niñas le contaron a mi tía, le dije tu estas loca, y ella dijo yo no se mas nada. Pregunta la Fiscal ¿Cuál es su numero telefónico? 04163738021, Pregunta la Defensa ¿tiene alguna enfermedad de transmisión sexual? No ¿Problemas de erección? No ¿Cuántos tiempo tiene viviendo con su esposa? 10..”

DE LA DEFENSA TÉCNICA DEL IMPUTADO
Acto seguido, la defensa, toma el derecho de palabra quien manifestó: respecto a la declaración del ministerio público y me pongo a la precalificación del ministerio público, por cuanto se presentan unas actas y la evaluación medico forense de la adolescente y creo que seria pertinentes ya que existen contradicciones la declaración de la adolescente no compagina con la declaración de un experto, pus no existe la comisión del delito d violencia sexual, y existiendo una presunción de inocencia no puede ser acogido por este tribunal, pues no existe la flagrancia para los delitos denunciados, y tampoco existen los extremos previstos en el artículo 250, 251y 252 y solcito al Ministerio Público se realice un informe social a las victimas a los fines de que se determine como es su comunidad, si existe cuidado o no o si existe una tercera persona que tengan contacto sexual con ellas, solicito la evaluación psiquiatrita y forense de mi defendido, ya que según lo narrado podría estar su conducta desajustada, es útil y necesaria, ya que con el dictamen de esos expertos se puede determinar si es el autor de los delitos y si es acto para ser enjuiciado por estos delitos, asi como la declaración del ciudadano David Bravo, titular d la cedula 14.557.659 quien reside en la urbanización villa hermosa, calle principal del municipio pampanito de este estado, asi como el ciudadano Juan Bravo titular de la cedula de identidad 19.271.204, quien reside en el Sector Mesa Gabaldon, Pampanito Segundo del Municipio Pampanito del estado Trujillo, siendo estas útiles necesarias y pertinentes ya que pueden dar testimonio de la conducta de mi defendido de que no cometió estos hechos imputados, por lo que me opongo a la calificación del delito d biónica sexual agravada, me opongo a la medida cautelar solicitada en este caso y se le imponga una medica cautelar sustitutiva, asi como medidas de protección a favor de la victima, si bien es cierto existen las declaraciones de las victimas existen serias dudas lo que lo beneficia a el y se acuerden las diligencias solicitadas al ministerio público.

DECISIÒN DEL TRIBUNAL
Oídas las exposiciones de las partes y vistas las actuaciones, LA JUEZA DEL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL AUDIENICAS Y MEDIDAS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Revisada las actuaciones y oída la exposición del fiscal del Ministerio Público, las declaraciones de las victimas, del imputados y la defensa técnica del imputado; acuerda procedente calificar la detención del ciudadano JULIO ALBERTO ESPINOZA GAMEZ como flagrante al haberse producido la detención a poco de cometerse el hecho, de conformidad con el artículo 44 constitucional y articulo 93 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en relación al delito de AMENAZA, delitos previstos y sancionados en los artículos 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; más no por la comisión del Delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, delitos previstos y sancionados en los artículos 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de …………………………………., y por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA A ADOLESCENTE delitos previstos y sancionados en los artículos 43 numeral 3º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de ………………………..; por cuanto consta de las actas de denuncia y d a declaración de las víctimas que los mismos ocurrieron hace tiempo atrás y que por temor las víctimas no denunciaron al momento de ocurrir los mismos; sin embargo al enterarse la adolescente …………………. de que ocurría lo mismos con sus hermanas menores esta lo enfrenta y es cuando la amenaza para que no dijera nada de lo ocurrido; Se precalifican los Delitos según actas de denuncia y declaración aportada en audiencia por las victimas como: ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, delitos previstos y sancionados en los artículos 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de ……………………………………….., y por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA A ADOLESCENTE delitos previstos y sancionados en los artículos 41 y 43 numeral 3ª de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de …………………….. SEGUNDO: Se ordena el procedimiento especial, de conformidad con el articulo 94 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia,. TERCERO: Por tratarse de un hecho punible que amerita pena privativa de libertad y al no estar evidentemente prescrita, existir fundados elementos de convicción de que es el posible autor de los hechos que se le imputan, existir peligro de fuga y de obstaculización por cuanto puede influir sobre las niñas y la adolescente para que se comporten de forma desleal y reticente asi como por la pena que podría llegarse a impone se presume el peligro de fuga se decreta la MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD conforme al artículo 250 numeral 1 2 y 3; articulo 251 numeral 2 y 3 como es la pena que podría llegar a imponerse y la magnitud del daño causado, y 252 numeral 2do, como es influir en que testigos y victimas se comporten de manera reticente o desleal, todos del Código Orgánico Procesal Penal; dicha medida la cumplirá en el internado judicial de Trujillo. Líbrese la correspondiente boleta de privación de libertad. CUARTO: se acuerda la evaluación psiocosocial a las victimas ante el quipo interdisciplinario. QIUINTO se acuerda la Evaluación Psiquiátrico Forense y Psicológica al Imputado, así como la declaración de los testigos promovidos en este acto. Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalia del Ministerio Publico en su oportunidad legal. Regístrese y Publíquese.

La Jueza de Control Nº 02

Abg. Yralba Valecillos Briceño

El Secretario.