Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, dieciocho (18) de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: KP02-V-2012-000853
Demandante: NELSON ALBERTO MANZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° V-11.265.204.
Asistido Por: el abogado JESUS HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.891.
Demandada: JACQUELINE DELGADO ROA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.775.716.
Beneficiario: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
, de catorce (14) años de edad.
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de Divorcio Contencioso, por aplicación del artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 23 de marzo de 2012, el ciudadano NELSON ALBERTO MANZANO, ya identificado, presentó demanda de Divorcio en contra de la ciudadana JACQUELINE DELGADO ROA antes identificada, acompañó su solicitud con copia certificada del acta de matrimonio y de la partida de nacimiento del beneficiario de las instituciones familiares.
En fecha 27 de marzo de 2012, se admitió la demanda, se acordó la notificación de la demandada, notificar a la Fiscal del Ministerio Publico y oír la opinión de los beneficiarios de autos.
En fecha 09 de abril de 2012 el alguacil del tribunal consigno boleta de notificación debidamente firmada por la demandada.
En fecha 03 de mayo de 2011 el alguacil del tribunal consigno boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal del Ministerio Publico.
En fecha 31 de mayo de 2012, la secretaria del Juzgado certificó la notificación efectuada a las partes; en fecha 01 de junio de 2012 se fijo la audiencia de reconciliación, para el día 14 de junio de 2012, a las 10:00 a.m.
En fecha 14 de junio de 2012, siendo la oportunidad fijada para que tuviere lugar la audiencia Preliminar de Mediación Reconciliatoria, en el procedimiento de Divorcio Contencioso, intentado por el ciudadano NELSON ALBERTO MANZANO en contra de la ciudadana JACQUELINE DELGADO ROA, ya identificados, se deja expresa constancia que no comparecieron las partes demandante ni demandada; en virtud de la incomparecencia de las partes no se lleva a cabo el acto reconciliatorio; por lo que la ciudadana Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Isabel Victoria Barrera Torres, conforme al artículo 522 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara Desistida la presente demanda y en consecuencia da por terminado el presente procedimiento.
D I S P O S I T I V A
Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto; en virtud de la incomparecencia de la parte actora, en aplicación de la norma del artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara Desistida la presente demanda y en consecuencia da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo de la presente causa. Se indica a la parte actora que podrá intentar nuevamente la demanda pasado como sea el lapso de un (01) mes.
Regístrese y publíquese
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año dos mil doce (2012). Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación
La Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES
EL SECRETARIO
Abg. Carlos Alfredo Bullones
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1897/2.012 y se publicó siendo las 10:53 a.m.
EL SECRETARIO
Abg. Carlos Alfredo Bullones
EXP: KP02-V-2012-000853
Motivo: Divorcio Contencioso (Desistido)
IVBT/CAB/Denisse.-
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