REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 6 de junio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-D-2009-001357
SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO
Visto la consignación de la tarjeta de Mortalidad ( EPI-13), elaborada con base al Certificado de Defunción correspondiente al ciudadano DATOS OMITIDOS del cual este Juzgador se aboca al conocimiento de la causa este Tribunal para decidir observa:

PRIMERO: Se inicio este procedimiento en virtud que en fecha 26 de Diciembre de 2009, la Fiscalía Décima Novena del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, cumpliendo funciones de guardia recibe Procedimiento procedente de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas sub. Delegación Lara, de fecha 25-12-2009 informando que en procedimiento realizado por Funcionarios adscritos a ese Cuerpo Policial, realizaron la aprehensión de el adolescente en esa oportunidad, identificados como DATOS OMITIDOS, de 16 años de edad, para el momento en que ocurrió el hecho, presuntamente involucrado en el Delito de Porte Ilícito de Arma de fuego hecho ocurrido en el Barrio el Jebe de esta ciudad específicamente en el Cerro la Estrella donde los funcionarios encontrándose en labores de investigación relacionadas con la causa I-312.975 avistaron a un ciudadano que vestía bermudas de color azul, y franelilla de color azul, el cual al notar la presencia policial, emprendió veloz carrera, motivo por el cual se origina una persecución a pie, logrando darle alcance y al neutralizarlo se le realizo el respectivo cacheo personal incautándole entre la pretina del short tipo bermudas y la franelilla que vestía un (01) arma de fuego, tipo pistola, pavon negro, cacha de material sintético de color negro, calibre 9mm, sin marca, ni seriales aparentes, con una bala en su recamara, y respectivo cargador contentivo de nueve (09) balas del mismo calibre sin percutir

SEGUNDO: En fecha 27 de Diciembre de 2009, se celebró la audiencia de presentación, con la presencia del Fiscal 19º del Ministerio Público, la defensora pública de adolescentes Abg. Maria Mancebo y el adolescente DATOS OMITIDOS. El tribunal acordó la continuación por el procedimiento ordinario y le impuso las Medidas Cautelares previstas en el articulo 582 Literales B Y C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la causa seguida por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto en el articulo 277 del Código Penal Vigente.

TERCERO: En fecha 23 de Marzo de 2012, fue consignado Tarjeta de Mortalidad ( EPI-13) que se elaboró del certificado de Defunción correspondiente al ciudadano quien en vida respondía al nombre de DATOS OMITIDOS, que según ese documento falleció el día 11-11-2011, de Hemorragia Interna, heridas por proyectiles de arma de fuego, certificado dicho evento por el medico Rodríguez B, Juan inscrito en el colegio de médicos bajo el nro 12.924, quien trabaja en el Hospital Central Doctor Antonio María Pineda de Barquisimeto.
Con base a estos elementos se está en presencia de una de las causas de extinción de la acción penal tal como lo prevé el Ordinal 1º del Articulo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, por el fallecimiento del Adolescente DATOS OMITIDOS, siendo ajustado y procedente decretar el Sobreseimiento Definitivo y así se decide.

DECISIÓN
Por lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1ero del articulo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes Decreta el Sobreseimiento Definitivo en virtud de la Extinción de la Acción penal al ciudadano DATOS OMITIDOS. Notifíquese a las partes.
.

El Juez de Control Nº 01,

Abg. Gerardo Pastor Arias El Secretario