ACTA
Tribunal 36° de SME.-
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-003753

Hoy, 01 de Marzo de 2012, siendo las 3:15 p.m, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Celebración de la Prolongación en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte actora, ciudadana, DIANA CASTRO, portadora de la Cédula de Identidad Nro. 16.564.602, asistida en este acto por su apoderada judicial, la abogada, Xiomary Castillo, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 102.750, igualmente se deja constancia de la comparecencia de la demandada, CONSEJO NACIONAL ELECTORAL representada judicialmente en este acto por la abogada, Marialyz Ortegano, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 82.847. En este estado la parte demandada expone lo que de seguidas se transcribe textualmente: “Consigno en este acto copia simple de constancia del abono en cuenta a favor de la ciudadana Diana Castro en la cuenta Nro. 0134-1057-71-0003002466 en la entidad Bancaria Banesco por la cantidad de SEIS MIL TRECIENTOS BOLIVARES (Bs. 6.300,00) de fecha 23 de Diciembre de 2011, correspondiente a la indemnización prevista en el artículo 110 de la Ley Orgánica del Trabajo y visto que en fecha 05 de Febrero del 2010 se realizó el abono en cuenta del pago de vacaciones y bono vacacional y en fecha 19 de Octubre de 2010, se pago a través del cheque de gerencia las prestaciones de antigüedad conceptos demandados, el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, nada adeuda por prestaciones sociales y demás conceptos laborales, por lo que solicito el cierre informático del expediente. Es todo.” En este estado, la parte actora expone lo que de seguidas se transcribe textualmente: “ Vista la exposición por parte de la empresa demandada y estando presente la extrabajadora, ciudadana, Diana Castro, la misma expresa haber recibido conforme el pago correspondiente, anteriormente indicado. En este sentido la misma desiste del procedimiento en el presente asunto. Es todo.” En este estado, el tribunal visto el desistimiento del procedimiento realizado por la parte demandante en el presente asunto en los términos realizados, visto que el mismo el no es contrario a la ley, se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en el presente asunto. Igualmente se deja constancia que se agrega a los autos las copias consignadas por la parte demandada constante de tres (03) folios). Es todo, se leyó terminó y conforme firman
La Juez
Abog. Angélica Hernández
Parte Actora


Parte Demandada
El Secretario
Abog. Antonio Boccia