REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 1 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : T01-S-2009-002256
ASUNTO : TP01-S-2009-002256
RESOLUCION VERIFICACION DE CONDICIONES.
El día de hoy 01 de marzo de 2012 las 09:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tuviera lugar la Audiencia Especial de Verificación de Cumplimiento de Condiciones en la causa seguida al Acusado LUIS EDUARDO RODRIGUEZ, se constituyó este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas a cargo de la Jueza Abg. Lisbeth Yelipza Hernández Mendoza, acompañado del Secretario de Tribunal Abg. Jonnathan Briceño, a los fines de dar inicio al acto. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES:EL FISCAL I DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. RAFAEL GARCIA, LA DEFNSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA, NO SE ENCUENTRA PRESENTE LA VÍCTIMA GAUDY VANESA BRICEÑO OCHOA y EL IMPUTADO LUIS EDUARDO RODRIGUEZ. La Jueza vista la ausencia de las partes acuerda dar un lapso de espera de 30 minutos, transcurrido el lapso de espera se verifica nuevamente la presencia de las partes y se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: EL FISCAL I DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. RAFAEL GARCIA, LA DEFNSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA, NO SE ENCUENTRA PRESENTE LA VÍCTIMA GAUDY VANESA BRICEÑO OCHOA a quien se le libró cartel de citación y EL IMPUTADO LUIS EDUARDO RODRIGUEZ informando los funcionarios policiales según oficio 079 que una vez en la residencia se entrevistaron con la ciudadana Felicia Saez quien les manifestó que el Acusado no reside en esa dirección y que desconoce su actual residencia. Seguidamente la jueza revisadas las presentes actuaciones observa que el presente acto ha sido diferido en reiteradas oportunidades en fecha 17/01/2012 y la presente fecha, aunado la resulta de su citación donde se evidencia la falsedad de la dirección aportada por el en la audiencia preliminar, ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: por los fundamentos antes expuestos se revoca las medidas impuestas al Imputado conforme al artículo 262 numeral 02 y 251 parágrafo segundo del Código Orgánico Procesal Penal y decretal la MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del Acusado LUIS EDUARDO RODRIGUEZ, identificado en actas, y dicta orden de aprehensión en su contra para lo cual acuerda oficiar a los organismos competentes a los fines de que sea incluido en el sistema Integral de información Policial como solicitado por este Tribunal y se cumpla con lo aquí acordado. Se les informa a las partes que el acta levantada en esta misma fecha contiene el auto fundado de la decisión tomada y que el lapso para interponer recurso comienza a partir del primer día hábil siguiente de este Tribunal. Se cumplieron las formalidades de Ley y de conformidad firman. Cúmplase.
La Jueza de Control Nº 01
Abg. Lisbeth Yelipza Hernández Mendoza.
La Secretaria
Abg. Ana Celina Materano