REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 12 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2010-001258
ASUNTO : TP01-S-2010-001258
RESOLUCION SOBRESEIMIENTO
El día de hoy 12 de Marzo de 2012 siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada para la celebración de Audiencia Especial de Verificación de Cumplimiento de Condiciones en la causa seguida al Acusado JOSÉ ISMAEL SUÁREZ PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 10.037.642, nacido Valera, natural de Valera de 49 años de edad, soltero, venezolano, hijo de Maria Suárez y Francisco Gil, ocupación obrero, residenciado en: el cumbe frente a Hidroandes, casa s/n de color verde con blanco, frente de la escuela el cumbe Valera estado Trujillo, por la comisión del delio AMENAZA AGRAVADA, delitos previstos y sancionados en los artículos 41 ultimo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de LEYDA DEL MILAGRO BRICEÑO DE CHUECOS, se constituyó este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas a cargo de la Jueza Abg. Lisbeth Yelipza Hernández Mendoza, acompañado de la Secretaria de Tribunal Abg. Ana Celina Materano L, a los fines de dar inicio al acto. Verificada la presencia de las partes, se dejó constancia que SE ENCUENTRABAN PRESENTES: EL FISCAL I DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. RAFAEL GARCIA, LA DEFNSORA PÚBLICA ABG. MARIA ALEJADNRA PARILLI, LA VÍCTIMA LEYDA DEL MILAGRO BRICEÑO DE CHUECOS Y EL ACUSADO JOSÉ ISMAEL SUÁREZ PEREZ. En consecuencia la Juez vista la presencia de las partes apertura el acto e impone a las partes del motivo significado e importancia del mismo le y le cede el derecho de palabra a la Defensa Publica quien expone: “Visto que mi defendido ha cumplido las condiciones que le fueron impuestas en decisión de fecha 15/10/2010, solicito se decrete la extinción de la acción penal y el correspondiente sobreseimiento. Seguidamente la Juez le concede el derecho de palabra al imputado, quien fue impuesto del Precepto Constitucional contenido en el ordinal 5° del articulo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, además del contenido de los artículos 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal quien se identifico como: acusado ELOY JOSE HOYO ARAUJO, titular de la cédula de identidad Nº 12.045.642, nacido en fecha 07-05-1971, natural de Valera de 39 años de edad, ocupación agricultor, soltero, venezolano, hijo de Carmen Araujo y Eloy Hoyo, residenciado en: Avenida Libertador casa Nº 25 al lado del Cementerio Jajo estado Trujillo, quien expuso:“Yo cumplí las condiciones que se me impusieron; por lo que solicito se me sobresea la causa”. Seguidamente se le otorga el derecho de palabra ala victima quien expuso ´´ el cumplió las condiciones, no hemos tenido mas problemas. Es todo.- Seguidamente el Juez le cede el derecho de palabra a la Representación Fiscal quien expone: “Visto el cumplimiento de las condiciones por parte del acusado, estoy de acuerdo con que se decrete el Sobreseimiento de la presente causa”. La Juez en nombre del TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL AUDIENCIAS Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO ESCUCHADAS las exposiciones de las partes y del análisis de las actas procesales, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: 1.- Visto que el CIUDADANO JOSÉ ISMAEL SUÁREZ PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 10.037.642, ya identificado en actas,ha cumplido las condiciones que le fueron impuestas en decisión de fecha 15/10/2010, este Tribunal considera que el efecto del mismo es LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EL CORRESPONDIENTE SOBRESEIMIENTO de conformidad con los artículos 48 numeral 7 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal y el cese de las medidas impuestas al mismo por este Tribunal. 2.- Remítase la presente causa al Archivo Central para su archivo definitivo. 3.- Ciérrese informaticamente. 4.- SE DECRETA EL CESE DE TODAS LAS MEDIDAS IMPUESTAS AL ACUSADO Y LA VÍCTIMA. El tribunal informa a las partes que el acta levantada en este mismo día contiene el acto fundado de la presente decisión tomada, corriendo el lapso para interponer recurso alguno el primer día hábil siguiente de publicada la misma. Cúmplase.
La Jueza de Control Nº 01
Abg. Lisbeth Yelipza Hernández Mendoza
La Secretaria del Tribunal
Abg. Ana Celina Materano.
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