REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 13 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2011-001333
ASUNTO : TP01-S-2011-001333
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR (ORDEN DE APREHENSIÓN)
El día de hoy 13 de marzo de 2012 a las 02:00 de la tarde, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la causa seguida al Imputado LEONARDO JOSE CARREÑO, se constituyó este Tribunal Primero de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a cargo de la Jueza Abg. Lisbeth Yelipza Hernández Mendoza, acompañada del Secretario de Tribunal Abg. Jonnathan Briceño, a los fines de dar inicio al acto en virtud del escrito de acusación interpuesto por el Fiscal I del Ministerio Público en contra del imputado LEONARDO JOSE CARREÑO por la presunta comisión del delito AMENAZA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 41 primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia de la ciudadana MARIA CLAUDENCIA CARREÑO UZCATEGUI. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: LA FISCAL I DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. RAFAEL GARCIA, LA DEFENSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA EN COLABORACION CON LA DEFENSORA PÚBLICA ABG. MARIA ALEJANDRA PARILLI. NO SE ENCUENTRA PRESENTE LA VÍCTIMA MARIA CLAUDENCIA CARREÑO UZCATEGUI EL IMPUTADO LEONARDO JOSE CARREÑO. La Jueza vista la ausencia de las partes acuerda dar un lapso de espera de 30 minutos. Transcurrido el lapso de espera La Jueza le solicita al secretario verificar nuevamente la presencia de las partes y se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: LA FISCAL I DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. RAFAEL GARCIA, LA DEFENSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA EN COLABORACION CON LA DEFENSORA PÚBLICA ABG. MARIA ALEJANDRA PARILLI. NO SE ENCUENTRA PRESENTE LA VÍCTIMA MARIA CLAUDENCIA CARREÑO UZCATEGUI EL IMPUTADO LEONARDO JOSE CARREÑO quien según oficio N° EP-382-099 informan que se entrevistaron con la ciudadana Andreina Montilla manifestándoles que dicho ciudadano reside en la ciudad de Valera. Seguidamente la jueza revisadas las presentes actuaciones observa que el presente acto ha sido diferido en reiteradas oportunidades en fecha 20/10/2011, 21/11/2011, 15/12/2011, 08/02/2012 y la presente fecha, aunado la resulta de su citación donde se evidencia la falsedad de la dirección aportada por el en la audiencia de presentación de imputado, ESTE TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Nº 01 EN FUNCIONES DE CONTROL AUDIENCIAS Y ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: por los fundamentos antes expuestos se revoca las medidas impuestas al Imputado conforme al artículo 262 numeral 02 y 251 parágrafo segundo del Código Orgánico Procesal Penal y decretal la MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del Imputado LEONARDO JOSE CARREÑO, identificado en actas, y dicta orden de aprehensión en su contra para lo cual acuerda oficiar a los organismos competentes a los fines de que sea incluido en el sistema Integral de información Policial como solicitado por este Tribunal y se cumpla con lo aquí acordado. CÚMPLASE.
La Jueza de Control Nº 01
Abg. Lisbeth Yelipza Hernández Mendoza.
La Secretaria
Abg. Ana Celina Materano
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