REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL

Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 22 de Marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2009-000060
ASUNTO : TP01-S-2009-000060

RESOLUCION AUDIENCIA VERIFICACION DE CONDICIONES DEJANDO SIN EFECTO ORDEN DE APREHENSION

El día de hoy 22 de marzo de 2012, SIENDO LAS 9:00 DE LA MAÑANA, Se hizo presente el acusado YOEL DE JESÚS FERNÁNDEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 15.709.384, natural de Trujillo, estado Trujillo, nacido en fecha 01/10/1981, de 30 años de edad, de estado civil soltero, hijo de carmen Ramona Fernández y Arístides Benítez, de ocupación trabaja en una discoteca en la ciudad de Caracas, telefono 0416-9244192,residenciado en la Vega los Paraparos, calle la Independencia, callejón santa Inés, casa sin numero, parroquia la Vega, Municipio Libertador, Distrito Capital , Caracas, a quien este Tribunal acordó en audiencia de fecha 31/05/2010 orden de aprehensión; a los fines de que le sea Audiencia Especial de Verificación de Cumplimiento de Condiciones en virtud que fue en esta misma fecha que en la oficina de alguacilazgo le informaron del acto; por lo que se constituyó este Tribunal Primero de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas a cargo de la Jueza Abg. Lisbeth Yelipza Hernández Mendoza, acompañada de la Secretario de Tribunal Abg. Ana Celina Materano L, a los fines de dar inicio al acto. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: LA FISCAL I DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. MIRIAN BARRIOS, LA DEFNSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA, EL IMPUTADO YOEL DE JESÚS FERNÁNDEZ LA VÍCTIMA RAMONA COROMOTO GUDIÑO. La Jueza vista la presencia de las partes apertura el acto e impone a las partes del motivo significado e importancia del mismo Y LE INFORMA AL Acusado y demás partes que se deja sin efecto la orden de captura librada en su contra en fecha 31/05/2010, EN LA CUAL SE LIBRARON OFICIOS Nº C1-2584-2010, C1-2583-2010, TARIFICANDOSE EN FECHA 25/11/2010 SEGÚN OFDICIOS Nº C1-6484-2010, C1-6485-2010, C1-4454-2010, DE FECHA 02/09/2010, C14453-2010,C1-2855-2011 DE FECHA 10/06/2011 Y C1-2856-2011.- Seguidamente le cede el derecho de palabra a la Defensa Pública quien expone: ”Visto que mi defendido cumplió las condiciones impuestas en decisión de fecha 16/03/2009, solicito al Tribunal se decrete a favor de mi defendido la extinción de la acción penal y consecuentemente el sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con el artículo 48 numeral 7º y 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente la Jueza procede a imponer del precepto constitucional del artículo 49.5 y de los artículos 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal al Acusado YOEL DE JESÚS FERNÁNDEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 15.709.384, natural de Trujillo, estado Trujillo, nacido en fecha 01/10/1981, de 30 años de edad, de estado civil soltero, hijo de carmen Ramona Fernández y Arístides Benítez, de ocupación trabaja en una discoteca en la ciudad de Caracas, telefono 0416-9244192,residenciado en la Vega los Paraparos, calle la Independencia, callejón santa Inés, casa sin numero, parroquia la Vega, Municipio Libertador, Distrito Capital , Caracas, y expone: “ yo no había cambiado de dirección, y nunca me llego cita, pero Yo cumplí las condiciones que me fueron impuestas” Seguidamente la victima RAMONA COROMOTO GUDIÑO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V- 14.310.811 QUIEN EXPUSO ´´ no hemos tenido mas problemas. Es todo.- SEGUIDAMENTE LA JUEZA LE CEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA REPRESENTACIÓN FISCAL quien expone:” Visto que la victima ha manifestado que el acusado de autos cumplió con las condiciones, es por lo que visto el cumplimiento del Acusado esta Representación considera que lo ajustado a derecho es solicitar se le decrete el sobreseimiento de la presente causa La Jueza oídas las exposiciones de las partes y del análisis de las actas procesales, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: Verificado el cumplimiento por parte del Acusado YOEL DE JESÚS FERNÁNDEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 15.709.384, natural de Trujillo, estado Trujillo, nacido en fecha 01/10/1981, de 30 años de edad, de estado civil soltero, hijo de carmen Ramona Fernández y Arístides Benítez, de ocupación trabaja en una discoteca en la ciudad de Caracas, telefono 0416-9244192,residenciado en la Vega los Paraparos, calle la Independencia, callejón santa Inés, casa sin numero, parroquia la Vega, Municipio Libertador, Distrito Capital , Caracas,” este Tribunal considera que lo ajustado a Derecho es DECRETAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con los artículos 45, 48 numeral 7º y 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal por la comisión del delito de Violencia Física, previstos y sancionado en el articulo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, en agravio de la ciudadana Ramona Coromoto Gudiño. ASIMISMO SE DEJA SIN EFECTO LA ORDEN DE APREHENSIÓN ACORDADA POR ESTE TRIBUNAL EN FECHA 31/05/2010, DE IGUAL MANERA SE DEJAN SIN EFECTOS LOS OFICIOS Nº C1-2584-2010, C1-2583-2010, TARIFICANDOSE EN FECHA 25/11/2010 SEGÚN OFDICIOS Nº C1-6484-2010, C1-6485-2010, C1-4454-2010, DE FECHA 02/09/2010, C14453-2010,C1-2855-2011 DE FECHA 10/06/2011 Y C1-2856-2011.- LIBRESE OFICIOS A LOS ORGANISMOS COMPETENTES DEJANDO SIN EFECTOS LA ORDEN DE APREHENSION. Remítase la causa al archivo central para su archivo definitivo. Ciérrese informáticamente. Cúmplase.
La Jueza de Control, AUDIENCIA Y Medidas Nº 01

Abg. Lisbeth Yelipza Hernández Mendoza




La Secretaria

Abg. Ana Celina Materano L