REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, veintiuno de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: KP02-V-2011-002323
DEMANDANTE: RAFAEL TOBIAS MEZA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.824.294, de este domicilio.
ASISTIDO POR: Abg. NORKYS CAROLINA MENDEZ SIVIRA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 90.247.
DEMANDADA: JEYCAR NAZARETH PARRA GOYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.262.970, de este domicilio.
BENEFICIARIA: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANIGA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS (Desistida de conformidad con el art. 522 LOPNNA)
El día de 20 de Marzo de 2012, oportunidad fijada para que tuviese lugar la Audiencia Preliminar en Fase de Mediación “Reconciliación”, en la causa que por Separación de Cuerpos intentara el ciudadano RAFAEL TOBIAS MEZA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.824.294, de este domicilio; en contra de la ciudadana JEYCAR NAZARETH PARRA GOYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.262.970. A la hora establecida para el acto procesal se efectuó el llamado por el funcionario del Tribunal, siendo informada esta jueza que no comparecieron ninguna de las partes, antes identificada, personalmente al acto, por lo que esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, procedió conforme lo dispuesto en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a dictar la Sentencia en forma Oral y profiriendo de inmediato la dispositiva del fallo y los fundamentos por los cuales declara desistido el procedimiento. ASÍ SE DECIDE.
D I S P O S I T I V A
En virtud de lo antes expuesto conforme lo establecido en el articulo 522 de la ley especial que rige la materia, en consecuencia procede en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a Declarar Desistido el procedimiento de Separación de Cuerpos incoado por el ciudadano RAFAEL TOBIAS MEZA GARCIA en contra de la ciudadana JEYCAR NAZARETH PARRA GOYO, ambos identificados en autos, se declara Extinguida la Instancia, pudiendo la demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. En consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando en su defecto copia certificada de los mismos remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, dese por terminado en el sistema Juris.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto a los veintiún (21) días del mes de Marzo de dos mil doce (2012).
La Jueza Tercera de Mediación y Sustanciación.
Abg. Ana Elisa Anzola Peña
La Secretaria
Abg. Sol Chávez Medina
En la misma fecha se publico la Sentencia quedando registrada bajo el Nº 699/2012.
La Secretaria
Abg. Sol Chávez Medina
EXP: KP02-V-2011-002323
Motivo: Separación de Cuerpos (Desistido)
AEAP/SCHM/Joa.-
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