REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO : KP02-S-2008-006982

PARTE ACTORA: LUIS ALFONSO SEGOVIA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 4.726.596, de este domicilio

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: LUÍS BELTRAN VILORIA BARRETO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 71.791.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

Se inició el presente juicio de Rectificación de Partida de Nacimiento, intentado por el ciudadano LUIS ALFONSO SEGOVIA, la cual se admitió en fecha 02/06/2008, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara y en la misma fecha se notificó al Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se ordenó librar edicto (f. 06). En fecha 03/06/2008, compareció el Alguacil de este Despacho y consignó boleta de Notificación firmada por el Fiscal 14 (f. 10). En fecha 19/06/2008 la parte actora consignó edicto publicado (f. 12). En fecha 20/06/2008 se recibió oficio de fecha 17/06/2008 (f. 15). En fecha 14/07/2008 la Fiscal de Ministerio Publico MARIELA VILORIA consigno informe (f. 16). En fecha 05/07/2008 acordó librar nuevo oficio a la Onidex, Barquisimeto I. (f. 17). En fecha 16/09/2008, se recibio oficio de fecha 16/09/2008, de la ONIDEX (f. 20). En fecha 29/10/2008, el Tribunal dicto auto donde se ordeno consignara partida de nacimiento del solicitante, expedida por la jefatura civil, fe de bautismo, boleta de nacimiento y dos testigos. (f 21). En fecha 13/05/2009, la parte actora consigno fe de bautismo y partida de nacimiento (f. 23). En fecha 27/05/2009 la parte actora consigno diligencia donde solicito al Tribunal proceda a dictar sentencia (f. 27). En fecha 22/07/2009, se dicto auto donde se oyó testigos presentados (f, 28 y 29). En fecha 28/07/2009, el Tribunal dicto auto donde se ordeno que consignara boleta de nacimiento del solicitante (f. 30). En fecha 27/01/2011, la Juez Temporal Isabel Barrera se aboco al conocimiento de la presente causa (f. 31).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la actuación del Tribunal de fecha 27/01/2011, donde la Juez Temporal Isabel Barrera se aboco al conocimiento de la presente causa, hasta la presente fecha, transcurrió más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de Rectificación de Partida de Nacimiento, intentado por el ciudadano LUIS ALFONSO SEGOVIA, identificada en autos.
NOTIFIQUESE A LA PARTE SOLICITANTE.
REGÍSTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los ocho (08) días del mes de Marzo de dos mil Doce. AÑOS: 201° y 153°.
La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ

La Secretaria

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA

En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.
MJP/Milagro