REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, siete de mayo de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO N° TP11-L-2011-000330
PARTE ACTORA: JOSE ANTONIO LEON TORRES, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 17.038.472
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABOGADA TERESITA DE JESUS VARELA MONTILLA, INSCRITA EN EL I.P.S.A. BAJO EL N° 129.109
PARTE DEMANDADA: COMERCIALIZADORA DEL SUR C.A, EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL CIUDADANO: JAVIER PEREZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-12.704.735, QUIEN FUNGE COMO PATRONO, UBICADA EN CARRERA 18, ESQUINA CALLE 24, TORRE AYACUCHO, PLANTA BAJA, OFICINA 08, MUNICIPIO IRRIBARREN BARQUISIMETO ESTADO LARA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy siete de mayo de dos mil doce (07/95/2012), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano: JOSE ANTONIO LEON TORRES, titular de la cédula de identidad N° 17.038.472, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
El Juez

Abg. Nelson Bravo Materano
La Secretaria

Abg. Salome Matheus