REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 28 de mayo de 2012
201° y 153°


Vista la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA ORDINARIA) sigue el BANCO NACIONAL DE CRÉDITO C.A., BANCO UNIVERSAL, sociedad mercantil domiciliada en Caracas, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 26 de noviembre de 2002, bajo el Nº 35, Tomo 75-A Qto., cuya transformación en Banco Universal, quedó registrada, el 02 de diciembre de 2004, inscrito en el registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº J-30984132.7, a través de su apoderado judicial Abogado TOMAS RAMIREZ GALINDO, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de las Cédula de Identidad Nº V-3.851.724, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.050, contra el ciudadano ARMANDO JOSE MACHADO RAMOS, venezolano, mayor de edad, de estado civil divorciado, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.352.272, domiciliado en la Ciudad de Carúpano, Estado Sucre, en su condición de deudor principal; por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE a sustanciación en cuanto ha lugar en derecho y de conformidad con los artículos 199 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En consecuencia, cítese a la parte demandada antes mencionada, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a la constancia que repose en autos de su citación, más seis (6) días que se le conceden como término de la distancia, dentro de las horas despacho comprendidas de ocho y treinta minutos de la mañana a tres y treinta minutos de la tarde (8:30 a.m. a 3:30 p.m.), a fin que de contestación a la demanda incoada en su contra. Líbrese boleta de citación junto con compulsa y remítase al Juzgado del Municipio Bermúdez de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a quien se comisiona amplia y suficientemente para la práctica de la citación personal de la parte demandada. Líbrese oficio.
LA JUEZA,


Dra. LINDA LUGO MARCANO
LA SECRETARIA,


Abg. DAYANA TAPIA CARABALLO





























Exp.: Nº 2012-4211.-
LLM/dtc/jlvg.-