Tribunal Vigésimo Noveno (29°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de mayo de dos mil doce (2012)
202° y 153º

ASUNTO: AP21-S-2012-000591

Vista las presentes Transacciones y sus recaudos, presentados en fecha 18-04-2012, 24-04-1012, 25-04-2012 y 30-04-2012 por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 10 y 11 del Reglamento y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así visto los escritos de transacción presentados por las partes oferidas EDGAR CAPITILLO, titular de la C.I. V-19.162.674, ODALIS DEL CARMEN BRACHO, titular de la C.I. V-11.606.715, LILIAN MERCEDES MARTINEZ, titular de la C.I. V-8.327.831, MARIA BIANEY ZORRILLA, titular de la C.I. V-8.327.831; EDUARDO LUIS LISCANO CASTRO, titular de la C.I. V-19.266.827, KENNYS GERARDO BOADA VILLAVICENCIO, titular de la C.I. V-17.587.415, ALEXANDER PALMA, titular de la C.I. V-16.876.642, NARCIZO RIVERO, titular de la C.I. V- 22.908.249, JORGE FERNANDEZ, titular de la C.I. V- 18.131.384, HORANGEL RENGIFO, titular de la C.I. V- 17.773.446, asistidos por la abogado CLAUDIA ILARRAZA, IPSA 130.059, y por el representante legal de la empresa OFERENTE SODEXHO DE VENEZUELA ALIMENTACIÓN Y SERVICIOS, C.A., los abogados SIMON JURADO y NANCY ZAMBRANO, IPSA N° 76.855 y 178.245, mediante la cual la oferente paga a los oferidos a su cabal y entera satisfacción la suma global de TRESCIENTOS TREINTA MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE BOLIVARES FUERTES CON QUINCE CENTIMOS (Bs.F.330.927,15), distribuida de la siguiente manera: 1) EDGAR CAPITILLO: la cantidad de Bs.786,41; 2) ODALIS DEL CARMEN BRACHO: la cantidad de Bs.32.004,44; 3) LILIAN MERCEDES MARTINEZ: la cantidad de Bs.35.542,29; 4) MARIA BIANEY ZORRILLA: la cantidad de Bs.34.035,50; 5) EDUARDO LUIS LISCANO CASTRO: la cantidad de Bs.20.218,97; 6) KENNYS GERARDO BOADA VILLAVICENCIO: la cantidad de Bs.20.032,36; 7) ALEXANDER PALMA: la cantidad de Bs.55.461,83; 8) NARCIZO RIVERO: la cantidad de Bs.71.915,31; 9) JORGE FERNANDEZ: la cantidad de Bs.11.865,77; y 10) HORANGEL RENGIFO: la cantidad de Bs.49.064,27; cantidades estas con las que se dará por terminado el asunto, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación a los acuerdos transaccionales presentados por las partes y se de por terminado el presente asunto con respecto a estos trabajadores. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo; HOMOLOGA los presentes acuerdos transaccionales en los términos expuestos por estas, y que constan en el expediente, ordenando agregar a los autos el presente escrito, asimismo se da por terminado el presente asunto y se ordena el cierre y archivo del expediente. Se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

El Juez

Secretaria

Abog. Gilberto Alfaro
Abog. Norialy Romero