REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL

Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 17 de Mayo de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2012-000059
ASUNTO : TP01-S-2012-000059
El Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, para decidir observa:

1.- En fecha 19 de Enero de 2012, este Tribunal Segundo de Violencia Contra la Mujer, da entrada al Oficio Nº D21-F09-9121-2011 (584), emanado de la Fiscalia Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial donde informan del inicio de la Investigación al ciudadano RUBEN PINTO, imputado por la presunta comisión del Delito de Acoso u Hostigamiento, previsto y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana adolescente ……………………………………………..
2.- En fecha 16 de Febrero de 2012, este Tribunal a solicitud del Ministerio Público acordó otorgar una prorroga de 90 días a los fines de presentar el respectivo acto conclusivo.
3.- En fecha 16 de mayo de 2012, se recibe Oficio F09-21-1298-2012, procedente de la Fiscalia Novena donde informa que dicha Representación Fiscal acordó en la Investigación D21-F09-9121-2011 (584), seguida al ciudadano RUBEN PINTO y de conformidad con las atribuciones que emanan de lo dispuesto en los artículos 285 numeral 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 16 numeral 7, y 37 numeral 15, ambos de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 108 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a lo que establece el artículo 315 eiusdem, el ARCHIVO FISCAL.

En consecuencia de lo acreditado en autos y a tenor de las previsiones del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 79 y 102 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de Violencia Contra la Mujer, Audiencias y Medidas considera que está ajustado a derecho decretar el CESE INMEDIATO de cualquier medida que pese sobre el ciudadano RUBEN PINTO.

DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de Violencia Contra la Mujer, Audiencias y Medidas del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA: EL CESE INMEDIATO de cualquier medida que pese sobre el ciudadano RUBEN PINTO, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 79 y 102 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por haber decretado La Fiscalía Novena del Ministerio Público, EL ARCHIVO FISCAL DE LA INVESTIGACION. Así se Decide.- Regístrese. Notifíquese a las Partes. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público. Ciérrese Informativamente. Regístrese y Publíquese en la ciudad de Trujillo Estado Trujillo a los 17 días del mes de Mayo de 2012.

La Juez de Control (T)

Abg. Yralba Valecillos Briceño
La Secretaria