REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 28 de Mayo de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2010-001170
ASUNTO : TP01-S-2010-001170
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, el Tribunal para decidir observa:
1.- Se observa que en fecha 22 de Julio de 2010, se realiza Audiencia de Presentación de Imputados, acordando el Tribunal, lo siguiente: “…El Tribunal oídas las exposiciones de las partes y vistas las actuaciones, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Se califica la detención del ciudadano HIDALGO ZARATE JOSE NARCISO, … como flagrante al haberse producido la detención a poco de cometerse el hecho, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, se precalifica el hecho como los delitos de VIOLECIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de DAVID PLAZA MARIA ROSA: SEGUNDO: Se ordena el procedimiento especial, de conformidad con el articulo 94 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia,. TERCERO: Por tratarse de un hecho punible que amerita pena privativa de libertad y al no estar evidentemente prescrita y en base al planteamiento del ministerio público y lo narrado por la victima se le impone como las siguientes medidas: ARRESTO TRANSITORIO POR CUARENTA Y OCHO HORAS (48), QUE DEBERAN CUMPLIRSE EN EL DEPATRTYAEMNTO POLCIIAL Nº 40 DE BOCONO, SALIDA DEL HOGAR EN COMUN CON LA VICTIMA PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LA VÍCTIMA PARA AGREDIRLA FÍSICA O VERBALMENTE, PROHIBICION DE TOMAR BEBIDAS ALCOHOLICAS, de conformidad con el articulo 92 numeral 1, 4 Y 8 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia. Líbrese la correspondiente boleta de libertad. CUARTO: Acto seguido el imputado aporta la nueva dirección donde va a residir: PETARE, SECTOR LA SUIZA, BARRIO SAN BLAZ, CALLE LA ESMERALDA, COMO A 100 METROS DE UN CDI, CASA S/ N BLOQUE DE LADRILLOS TELEFONOS: 0424- 1187303, 0414- 1116704 CARACAS DISTRITO CAPITAL”.
2.- En fecha 04 de mayo de 2012, se recibe Oficio de la Defensa Pública Maria Parilli, en el cual solicita a este Tribunal en virtud de haber transcurrido un lapso superior a 4 meses sin que el Ministerio Público haya presentado acto conclusivo, y conforme al artículo 103 de la Ley Especial, se oficie a la Fiscalia Superior a los fines de obtener información sobre el respectivo acto conclusivo.
3.- En fecha 07 de mayo, este Tribunal Oficio a la Fiscalia Superior, siendo recibido dicho Oficio el 08 de mayo.
Visto que hasta la presente fecha no se ha dado contestación al mismo y no constar en la Causa ni en el Sistema Iuris 2000, presentación de acto conclusivo y dado que ha transcurrido el lapso previsto en el artículo 103 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, este Tribunal en cumplimiento de la misma norma considera que lo ajustado a Derecho es DECRETAR EL ARCHIVO JUDICIAL EN LA PRESENTE INVESTIGACION de conformidad con el artículo 79, 102 y 103 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia..
Por lo expuesto, y a tenor de las previsiones del mismo artículo, se ordena el cese inmediato de cualquier medida que pese sobre el imputado CARLOS ENRIQUE GONZALEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.633.335 por la presunta comisión de los delitos de VIOLECIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de DAVID PLAZA MARIA ROSA.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítase la presente causa a la Fiscalía del Ministerio Público.
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA RESTRICTIVA DE LIBERTAD QUE PESE EN CONTRA DEL IMPUTADO CARLOS ENRIQUE GONZALEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.633.335 por la presunta comisión de los delitos de VIOLECIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de DAVID PLAZA MARIA ROSA; DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 79, 102 Y 103 DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, POR HABERSE DECRETADO EL ARCHIVO JUDICIAL DE LA INVESTIGACION. Regístrese. Notifíquese. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público. Ciérrese Informativamente.
La Juez de Control 02
La Secretaria
Abg. Yralba Valecillos Briceño
Abog, Karla Contreras