REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, once de mayo de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: KP02-J-2012-001132
Partes: EDWARD RENEE GUTIERREZ RIVAS Y KARINA CECILIA TORREALBA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-14.760.067 y V-17.853.353, respectivamente.
Asistidos por: la Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes: IRMA MENDOZA.
Beneficiario: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE, de cinco (5) años de edad.
Motivo: HOMOLOGACION OBLIGACION DE MANUTENCION.
Visto el acuerdo extrajudicial presentado ante este Tribunal en fecha (27) de febrero de 2012, por los ciudadanos: EDWARD RENEE GUTIERREZ RIVAS Y KARINA CECILIA TORREALBA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-14.760.067 y V-17.853.353, respectivamente, asistidos por la Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes: IRMA MENDOZA.
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de obligación de manutención, el cual consiste en lo siguiente:
“PRIMERO: el padre aportara doscientos cincuenta (250.00 Bs. F) Bolívares fuertes semanales en gastos de alimentación. SEGUNDO: las medicinas y consultas médicas serán compartidos. TERCERO: útiles escolares y uniformes serán compartidos. CUATRO: calzados y vestuario serán compartidos. ”
Por encontrarse el acuerdo trascrito conforme a la Ley y no vulnerar derechos de los beneficiarios. Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los once (11) días del mes de mayo de 2012. Años: 202º y 153º
LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,
Abg. ISABEL BARRERA TORRES.
La Secretaria,
Abg. Merly Camacaro
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1470-2.012 y se publicó siendo las 01:19 p.m.
La Secretaria,
Abg. Merly Camacaro
KP02-J-2012-001132
11/05/12
2/2
VBT/MC/Carolina R.
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