República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Séptimo en Función de Control
Barquisimeto, 31 de mayo de 2012
Años: 200° y 151°
ASUNTO KP01-P-2010-007143
Juez de Control Nº 7º Abg. RUMALDO VARGAS
Fiscal del Ministerio Público: Abg. JOSE RAMON FERNANDEZ
Imputado: JOHAN REINALDO PARRA PARRA, C.I. 20.923.767
Defensa: ABG TIBISAY SANCHEZ
Delito: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS PREVISTO Y SANCIONADO EN EL LA ARTICULO 34 DE LA LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO DY CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS
Fundamentación Audiencia Especial de de conformidad con lo establecido en el artículo 250
Celebrada la Audiencia Especial de de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, para oír a las partes, encontrándose la imputado debidamente asistida por su abogado En este estado, el Juez informó de manera clara y sencilla al Imputado del motivo de la audiencia; imponiéndolo del Precepto Constitucional contenido en el numeral 5 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que lo exime de declarar contra sí mismo, su concubina o contra sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo grado, y le informa de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso de las que puede hacer uso en esta oportunidad y del procedimiento especial por Admisión de los Hechos el cual manifestó su deseo de no declara “
Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa Técnica: “solicito le sea cambiada la medida de presentación por la del numeral 9 por cuanto el mismo se encuentra prestando servicio en la marina y se esta realizando viajes, es todo”.
Se concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público:
Estoy de acuerdo con la solicitud de la defensa, que se le cambie la medida de presentación por la medida cautelar del articulo 256 ordinal 9 del copp como esta presentación cada vez que el tribunal lo requiera, es todo.
DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones y solicitudes de las partes y revisadas las actuaciones presentadas durante la audiencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de CONTROL Nº 07 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide PRIMERO: SE ACORDO imponer al ciudadano JOHAN REINALDO PARRA PARRA, C.I. 20.923.767se acuerda la medida cautelar de de libertad contenida en el articulo 256 numeral 9º,consiste en presentarse las veces que el tribunal lo requieres por los delitos de posesión ilicita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas previsto y sancionado en el la articulo 34 de la ley orgánica contra el trafico ilícito dEL consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas . SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión librada en su oportunidad. Cúmplase, regístrese, Publíquese
ABG .RUMALDO RAFAEL VARGA PACHECO
JUEZ SEPTIMO EN FUNCIONES DE CONTROL
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