REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO TORRES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veinticinco de mayo de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: KP12-S-2012-000128.-

Vista la solicitud presentada por la ciudadana YANILETH DEL CARMEN TIMAURE CARRASQUERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.698.039, asistida por el Abogado en ejercicio GERARDO ENRIQUE SUÁREZ CHIRINOS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 138.652, donde requiere se le declare a ella, a su madre ELADIA VICTORIA CARRASQUERO de TIMAURE y a sus hermanos PAULA MARÍA TIMAURE CARRASQUERO, HELY SAUL TIMAURE CARRASQUERO, YENNY GISELA TIMAURE CARRASQUERO, SIMON SEGUNDO TIMAURE CARRASQUERO, ARELYS JOSEFINA TIMAURE CARRASQUERO, JESÚS AMADO TIMAURE CARRASQUERO, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.444.030, 5.933.177, 9.651.848, 9.852.173, 12.692.014, 13.776.463 y 13.776.462, respectivamente; como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JESÚS MARÍA TIMAURE BARRIOS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.430.680 y quien falleció Ab-Intestato el día 28 de Agosto de 2.009. La solicitud se admitió a sustanciación. En consecuencia, por tratarse de un caso de filiación para asegurar los derechos de una sucesión intestada, se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada en su debida oportunidad y la publicación de un Edicto por la prensa, a fin de que las personas que tuvieren interés en impugnar la solicitud concurrieren por ante éste Despacho dentro del plazo de Diez (10) días calendario consecutivos siguientes a la publicación y consignación que del mismo se hiciere en autos, en horas de Despacho comprendidas de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a hacerse parte. Agregado como fue el ejemplar de periódico El Caroreño en fecha 02 de abril de 2012, transcurriendo el plazo establecido no compareció persona alguna a impugnar la solicitud ni hacerse parte. En base a los recaudos acompañados a la solicitud y a las declaraciones de los testigos ciudadanos MARIA ZORAIDA SAAVEDRA de TORCATES y JOSÉ NICOLAS TORCATES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.853.939 y 9.633.171, respectivamente, domiciliadas en la ciudad de Carora, quienes dieron fe de conocer al causante y a los solicitantes, constándoles que ellos son sus únicos y universales herederos; las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara esta actuación TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar los derechos en la sucesión del causante JESÚS MARÍA TIMAURE BARRIOS, antes identificado y DECLARA COMO SUS ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos YANILETH DEL CARMEN TIMAURE CARRASQUERO, ELADIA VICTORIA CARRASQUERO de TIMAURE, PAULA MARÍA TIMAURE CARRASQUERO, HELY SAUL TIMAURE CARRASQUERO, YENNY GISELA TIMAURE CARRASQUERO, SIMON SEGUNDO TIMAURE CARRASQUERO, ARELYS JOSEFINA TIMAURE CARRASQUERO, JESÚS AMADO TIMAURE CARRASQUERO, titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.698.039, 3.444.030, 5.933.177, 9.651.848, 9.852.173, 12.692.014, 13.776.463 y 13.776.462, respectivamente; quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por el de-cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los veinticinco (25) días del mes de mayo de 2.012. Años: 202º y 153º.
El Juez Provisorio,


Abg. FRANCISCO ROMAN ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria Temporal,


ABOG. BEATRIZ YÉPEZ.

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 59-2012 de los autos resolutorios llevados por este tribunal, se publicó siendo las 11:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria Temporal,


ABOG. BEATRIZ YÉPEZ.